Tribunal realizó audiencia en reclamación en relación con la revisión y modificación de la RCA que aprobó el proyecto Ovejería de Codelco

Ago 27, 2020

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El Tribunal Ambiental de Santiago llevó a cabo la audiencia en reclamación presentada contra el Comité de Ministros asociada al proceso de revisión y modificación de la resolución que aprobó el proyecto “Sistema de Disposición de Relaves a Largo Plazo: Proyecto Ovejería”, de Codelco División Andina.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente, Alejandro Ruiz y Fabrizio Queirolo. en tanto, los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Mindy Fuentes Jara, en representación del reclamante; Carlos Espinosa Vargas, por la Dirección Ejecutiva del SEA y Edesio Carrasco, por Codelco,  tercero Ccadyuvante del SEA.

El reclamante acudió al Tribunal luego que el Comité de Ministros rechazara -a través de la resolución N°56/2019- su reclamación administrativa en contra de la resolución que modificó la RCA del proyecto Ovejería (Res.Ex. N°204/2015). El proceso de revisión de la RCA fue solicitado en 2012 por Codelco Andina, debido a la presentación de impactos no previstos relacionados con el cambio de la calidad en las aguas subterráneas y culminó en 2015 con la dictación de la resolución que modificó la RCA e incorporó el Plan de Seguimiento y Control de Infiltraciones que contiene las medidas a través de la cual Codelco se hará “cargo de los impactos significativos producto de las variaciones ambientales contempladas en el plan de seguimiento de la RCA”

El reclamante solicita al Tribunal que acoja su reclamación y declare la ilegalidad de la resolución del 56/2019, dictando en su reemplazo que se acoge el recurso de reclamación contra la resolución que modificó la RCA del proyecto, dejándola sin efecto y “en su reemplazo decretar que se retrotraiga el proceso de revisión de a RCA N°275-B de 1994 -que aprobó el proyecto- (…), y en definitiva re iniciar el proceso de información pública y la consulta a los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del EIA, con el objeto de determinar las Medidas de Mitigación, Reparación y compensación idóneas que proteja el recurso hídrico del sector hidrológico de aprovechamiento común y en específico del reclamante don Carlos Peña Guzmán”

En tanto, el SEA solicita al Tribunal rechazar en todas sus partes la acción de reclamación deducida. Sostiene que el reclamante carece de legitimación activa, toda vez que este no acreditó su calidad de directamente afectado por la Res. Exenta N°204/2015 (…)  Tampoco se verifica alguna afectación significativa sobre los derechos subjetivos del reclamante y que este ha cometido una manifiesta infracción al principio de congruencia, lo que permite desestimar de plano la mayoría de las alegaciones sostenidas por éste. Agrega en su informe que la Autoridad Ambiental al dictar sus Resoluciones N°204/2015 y N° 56/2019, se ajustó a sus competencias y los procedimientos legalmente establecidos por la Ley N° 19.300 y la Ley N° 19.880.

El tranque de relaves de la División Andina, ubicado en el sector Rinconada de Huechún, en la comuna de Tiltil, está autorizado para disponer de 1.930 millones de toneladas de relaves, en una superficie de 1.900 hectáreas al término de la vida útil del tranque, en más de 160 años.

Cabe destacar que el 21 de junio de 2017, el Tribunal rechazó reclamación presentada por la Asociación Gremial de Agricultores Chacabuco- Polpaico A.G. en contra de la Comisión de Evaluación Metropolitana (R-98-2016). En el fallo, determinó que si bien la Comisión no fundamentó adecuadamente su decisión de no admitir a trámite la solicitud de invalidación de resolución que modificó la RCA del Tranque Ovejería; estimó que, de todas formas, no correspondía dar inicio a un procedimiento de invalidación pues existía un recurso administrativo pendiente (presentado en julio por Carlos Peña, reclamante de la presente causa).

Antecedentes

  • 4 de marzo de 1994, la entonces Comisión Regional del Medio Ambiente aprobó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Sistema de Disposición de Relaves a Largo Plazo: Proyecto Ovejería” (RCA 275-B/1994).
  • El tranque de relaves, ubicado en el sector Rinconada de Huechún, en la comuna de Tiltil, está autorizado para disponer de 1.930 millones de toneladas de relaves, en una superficie de 1.900 hectáreas al término de la vida útil del tranque, en más de 160 años.
  • 17 de agosto de 2012, Codelco Andina solicitó a la Comisión de Evaluación Ambiental Metropolitana la revisión de la RCA del proyecto, debido a la presentación de impactos no previstos en las aguas subterráneas.
  • 8 de mayo de 2015, culminó el proceso de revisión, modificándose la RCA para incorporar las medidas y condiciones para que “Codelco se haga cargo de los impactos significativos producto de las variaciones ambientales contempladas en el plan de seguimiento de la RCA” (Res. Ex. N°204/2015).
  • 27 de julio de 2015, el reclamante, Carlos Peña, interpuso recurso de reclamación contra la resolución N°204/2015.
  • 17 de enero de 2019, la Dirección Ejecutiva del SEA emitió la resolución que materializó la decisión del Comité de Ministros de rechazar el recurso de reclamación (Res. Ex. N°56/2019).
  • 28 de febrero de 2019, el reclamante, Carlos Peña, ingresó reclamación en el Tribunal Ambiental de Santiago contra la resolución N°56/2019 del SEA.
  • 13 de junio de 2019, el Tribunal tuvo a Codelco como tercero coadyuvante del SEA.

Ir al expediente de la causa R-203-2019


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