Quiénes Somos

Los tribunales ambientales son órganos jurisdiccionales especiales independientes, cuya función es resolver las controversias medioambientales de su competencia y otros asuntos que la ley someta a su conocimiento.

Si bien no forman parte del Poder Judicial, están sujetos a la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema.

Fueron creados a través de la Ley N° 20.600, publicada en el Diario Oficial el 28 de junio de 2012 y que estableció la instalación de tres tribunales ambientales, con jurisdicción territorial en el norte, centro y sur del país.

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El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Santiago, tiene competencia territorial en las regiones de Valparaíso, Metropolitana, Libertador Bernardo O’Higgins y Maule.

Es un órgano colegiado mixto, es decir no solo está compuesto por ministros abogados, sino que también cuenta con ministros licenciados en ciencias con especialización en materias medioambientales. Esta cualidad le permite incorporar al análisis jurídico de cada caso una mirada técnica y especializada para resolver de manera más eficiente la alta complejidad de los temas tratados, dictando sentencias sólidamente fundamentadas, generando certidumbre y confianza entre las partes.

El Segundo Tribunal Ambiental está integrado por tres ministros titulares, dos de ellos abogados y un profesional licenciado en ciencias; además cuenta con dos ministros suplentes, un abogado y un profesional del área de las ciencias.

Edificio corporativo del Tribunal Ambiental de Santiago