Reclamación de Ecopower busca validar la vigencia de la RCA favorable del proyecto Parque Eólico Chiloé

Jul 1, 2025

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El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo la audiencia en reclamación presentada por Ecopower en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente, SMA, que busca validar la vigencia de la resolución de calificación ambiental favorable (RCA) de su proyecto de generación eléctrica Parque Eólico Chiloé.

El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos. Los alegatos fueron realizados por el abogado, Javier Naranjo Solano, en representación del reclamante, Ecopower S.A.C., y las abogadas Katharina Buschmann Werkmeister, por la reclamada, SMA, y Alejandra Donoso Caceres, por Clementina Gricelda Lepio Milipichun y otros, terceros coadyuvantes de la Superintendencia.

Esta causa fue derivada por el Tercer Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Valdivia, luego que la Corte Suprema, al acoger un recurso de casación presentado por la SMA anulara la sentencia de esa judicatura especializada, ordenando que un tribunal no inhabilitado conozca y decida el fondo del asunto debatido.

Cabe recordar que, en 2020, la SMA acreditó el inició de ejecución del proyecto, cuya RCA data de 2015, sin embargo, tras una solicitud de invalidación presentada por el Centro de Estudio y Conservación del Patrimonio Natural de Chiloé, la Superintendencia invalidó la resolución antes citada. Esta actuación fue objeto de reclamación ante el Tribunal Ambiental de Valdivia, el cual dictó sentencia y anuló la última decisión de la SMA.

Ecopower alega, entre otros aspectos, la falta de fundamentación de la resolución de la SMA, pues afirma que sustentó su invalidación en hechos sobrevinientes, cuando debió fundarse en la revisión del acto administrativo que acreditó el inicio de ejecución del proyecto.

En tanto, la Superintendencia pide al Tribunal rechazar la reclamación, pues -sostiene- no es cierto que haya invalidado el acto sobre la base de «hechos sobrevinientes», ya que la inexistencia de las obras materiales informadas por el titular tuvo lugar antes de la dictación de la Res. Ex. Nº 2278/2020 (que acreditó el inicio de ejecución del proyecto) lo que se traduce en que dicho acto administrativo adoleció de un error de fundamentación, lo que implica a su vez, un error de derecho.

El proyecto consiste en el montaje y operación de un parque eólico de 42 aerogeneradores de 2,4 MW de potencia cada uno, subestaciones eléctricas y una línea de transmisión de 28,1 km que lo conecta al Sistema Interconectado Central (SIC) en la Subestación Choroihue. La capacidad total instalada del proyecto es de 100,8 MW y considera una inversión estimada de US$250 millones.

Antecedentes

  • 28 de septiembre de 2015, la Comisión de Evaluación Ambiental de Los Lagos calificó ambientalmente favorable el proyecto Parque Eólico Chiloé (RCA N°550)
  • 13 de noviembre de 2020, la SMA acreditó el inicio de ejecución del proyecto (Res. Ex. N°2278). Esta resolución fue objeto de solicitud de invalidación por parte del Centro de Estudio y Conservación del Patrimonio Natural de Chiloé.
  • 25 de abril de 2023, la SMA acogió la solicitud, invalidando la resolución que dio por acreditado el inicio de ejecución del proyecto (Res. Ex. N°716)
  • 20 de junio de 2023, Ecopower presentó en el Tercer Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Valdivia, reclamación contra la decisión de la SMA.
  • 5 de octubre de 2023, el Tercer Tribunal dictó sentencia, acogiendo la reclamación de la empresa y anulando la resolución N°716 de la SMA (rol R-22-2023)
  • 4 de diciembre de 2024, la Tercera Sala de la Corte Suprema dictó sentencia que acogió el recurso de casación en el fondo de la SMA contra sentencia del Tercer Tribunal Ambiental y ordenó el regreso de la causa a esa judicatura especializada para que, a través de ministros no inhabilitados, conozca y decida el fondo del asunto debatido (Rol 241254-2023)
  • 28 de diciembre de 2024, los ministros del Tercer Tribunal Ambiental se inhabilitaron para resolver el fondo.
  • 6 de febrero de 2025, el Tercer Tribunal Ambiental remitió al Segundo Tribunal Ambiental, la causa “Ecopower S.A.C con Superintendencia del Medio Ambiente”, para su conocimiento y resolución, la que fue admitida a trámite con el rol R-504-2025
  • 7 de marzo de 2025, el Tribunal tuvo a Clementina Lepio Milipichun; Ruth Caicheo Caileo; Gicella Saldivia González; Andrea Saldivia González, Vanessa Durán Sanzana y Daniela Morales Fredes como tercero coadyuvante de la SMA.

Acceder al expediente de la causa R-504-2025


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