Ruidos: Tribunal ratificó sanción de casi $8 millones cursada a Centro de Excadetes y Oficiales de la Armada Caleuche

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación, presentada por el Centro de Excadetes y Oficiales de la Armada Caleuche, en contra de la multa casi $8 millones, por infracción a la norma de emisión de ruidos, cursada al establecimiento ubicado en la comuna de Providencia.

La sentencia rechazó las alegaciones del Centro Caleuche, relativas tanto a la eventual tardanza de la Superintendencia del Medio Ambiente, SMA, en dictar la nueva resolución sancionatoria -que multó con 9 UTA al establecimiento- y en resolver el recurso de reposición interpuesto contra dicha sanción, como a la decisión del ente fiscalizador de declarar extemporáneo ese recurso.

“El Tribunal estima que no hubo transgresión al principio de celeridad por el tiempo trascurrido en la dictación de la Resolución Exenta Nº 333/2026; y que la SMA fundamenta debidamente la declaración de inadmisibilidad, por extemporáneo, del recurso de reposición presentado por Centro Caleuche en contra de la Resolución Exenta Nº 104/2025”, indica la sentencia para luego explicar que los antecedentes presentados por el establecimiento no cuentan con la fuerza probatoria suficiente para acreditar que la carta certificada por Correos de Chile fue entregada en una fecha distinta a la legalmente presumida.

Durante el juicio, Centro Caleuche alegó que recibió la carta certificada que le notificó la nueva resolución sancionatoria el 18 de febrero de 2025 y no el 11 del mismo mes, como sostenía la SMA. Como prueba, para demostrar que su recurso no fue presentado de manera extemporánea, presentó una copia de la resolución sancionatoria que, en su última página, en letra manuscrita, señala: “recepcionado 18 feb. 2025 17:25 hrs. Secretaria Caleuche”.

Al respecto, el fallo determinó que “una simple escritura a manuscrito al pie de página de una copia de la nueva resolución sancionatoria, consignando que dicha resolución fue recepcionada por la ‘Secretaria Caleuche’, contradiciendo el seguimiento de correos de Chile, no basta para tener por desvirtuado lo señalado en el seguimiento de correos. De esta manera, la ausencia de elementos que permitan verificar su procedencia y de explicar su discrepancia con el seguimiento postal, hacen que la inscripción en el pie de página carezca de la fuerza probatoria suficiente para acreditar una fecha distinta de notificación y, en consecuencia, considerar que la reposición en contra de la Resolución Exenta Nº 104/2025 fue presentada dentro de plazo”.

Dado la conclusión anterior, el Tribunal no se pronunció respecto de las alegaciones que cuestionan el contenido de la resolución sancionatoria.

El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s), Cristián López Montecinos, y la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paula Rodríguez Fondón. Redactó el fallo la ministra Godoy.

En relación con esta causa, es necesario recordar que, en noviembre de 2021, la SMA cursó una primera sanción en contra del establecimiento. Dicha decisión fue impugnada al Tribunal, quien -en sentencia del año 2022- acogió la reclamación, dejó sin efecto la resolución sancionatoria y ordenó a la SMA volver a ponderar las circunstancias del artículo 40 de la LOSMA para determinar la sanción, considerando, esta vez, el factor COVID-19. En cumplimiento de dicho fallo, la SMA dictó (en enero de 2025) una nueva resolución sancionatoria que rebajó la multa original a 9,4 UTA.

Antecedentes

  • 23 de noviembre de 2021, la SMA sancionó al Centro Caleuche con una multa de 21 UTA por la “excedencia de 19 dB(A), registrada con fecha 2 de septiembre de 2019, en horario nocturno” (Res. Ex. N° 2499/2021).
  • 26 de septiembre de 2022, el Segundo Tribunal Ambiental dictó sentencia que acogió la reclamación, dejó sin efecto la resolución sancionatoria y ordenó a la SMA -en términos generales- volver a ponderar las circunstancias del artículo 40 de la LOSMA, esta vez, considerando el factor COVID-19 (reclamación R-318-2021).
  • 2 de octubre de 2023, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación interpuestos por la Superintendencia contra el fallo.
  • 28 de enero de 2025, cumpliendo la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental, la SMA multó con 9,4 UTA al Centro de Excadetes y Oficiales de la Armada Caleuche (Res. Ex. N° 104).
  • 24 de febrero de 2025, el Centro Caleuche interpuso un recurso de reposición en contra de la resolución de la SMA.
  • 10 de febrero de 2026, la Superintendencia declaró inadmisible por extemporáneo el recurso de reposición (Res. Ex. N° 333).
  • 24 de febrero de 2026, el Centro Caleuche interpuso en este Tribunal una reclamación contra la resolución antes citada, la que fue admitida a trámite con el rol R-609-2026.
  • 8 de septiembre de 2026, se realizó la audiencia, alegando los abogados Sergio Vergara de la Guarda, en representación del Centro Caleuche, y Paloma Espinoza Orellana, por la SMA.

 

Acceder a la sentencia [link]
Acceder al expediente R-609-2026

Fotografía: Google Maps

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