Tribunal Ambiental rechazó solicitud de la SMA para decretar nueva clausura de los pozos de agua de Minera Maricunga

Jul 15, 2016

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La ministra de turno del Tribunal Ambiental de Santiago, Ximena Insunza, rechazó la solicitud de autorización de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), para decretar la clausura parcial del sector de pozos de extracción de agua del proyecto Refugio de Compañía Minera Maricunga (CMM).

Al explicar la resolución adoptada, la ministra hizo ver que la medida solicitada era innecesaria, porque la SMA ya está en condiciones de exigirle a la empresa minera que cumpla la sanción de clausura de dichos pozos, que dictó al terminar el procedimiento sancionatorio en su contra. Esto- detalló- pues cuando el Tribunal Ambiental admitió a trámite la Reclamación que CMM presentó contra la resolución sancionatoria, el trámite dela consulta respecto de dicho acto, perdió su objeto.

“Que por todo lo señalado precedentemente, esta Ministra concluye que la resolución sancionatoria de la SMA se hizo exigible desde el momento en que se notificó el término del procedimiento de consulta, lo que implica llevar a cabo la clausura definitiva de los pozos RA-1, RA-2 y RA-3, en los términos precisados en la Resolución Exenta N°234/2016 y en la Res Ex. N°571. En este contexto, la solicitud de medida urgente y transitoria solicitada por la SMA que busca la clausura de los mismos pozos ya citados “hasta que la resolución sancionatoria sea ejecutable”, resulta innecesaria, toda vez que este objetivo se puede lograr desde el momento en que la resolución sancionatoria se ha hecho exigible”, dice la resolución.

La resolución también explica que, en el marco del proceso de la Reclamación que CMM presentó en el Tribunal Ambiental, contra la sanción establecida por la SMA, la compañía minera puede solicitar a esta jurisdicción especializada la suspensión de los efectos del acto administrativo que decreta la clausura.

Cabe recordar que en marzo de este año la SMA sancionó a CMM con la clausura de los pozos de extracción de agua, ubicados en el corredor biológico Pantanillo- Ciénaga Redonda, tras determinar que se habría configurado el incumplimiento de diversos considerandos de las resoluciones de calificación ambiental del proyecto Refugio. Dichos incumplimientos fueron calificados como gravísimos por haber causado daño ambiental no susceptible de reparación.

La sanción fue impugnada por la minera, a través de un recurso de reposición, el que fue acogido por el ente fiscalizador, adecuando la sanción de clausura según lineamientos técnicos que determinan la forma, requisitos, condiciones y gradualidad en su implementación. La resolución sancionatoria fue sometida por la SMA en Consulta al Tribunal Ambiental.

Cabe destacar que la Superintendencia solicitó en tres ocasiones autorización al Tribunal Ambiental para dictar medidas urgentes y transitorias contra el proyecto Refugio (como la clausura total y parcial de los pozos de extracción), las cuales fueron concedidas por el Tribunal Ambiental de Santiago.

Antecedentes

  • Compañía Minera Maricunga es titular del “proyecto minero Refugio”, cuya faena principal se encuentra en las inmediaciones del complejo lacustre Laguna del Negro Francisco y Laguna Santa Rosa, en la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.
    El proyecto cuenta con varias resoluciones de calificación ambiental favorable, que regulan su actividad. En lo relacionado con el presente proceso destacan las RCA’s N°2/1994, que calificó el EIA del “Proyecto minero Refugio”; N°4/2004, de la DIA del proyecto “Modificación instalaciones y diseños proyecto Refugio”; N°268/2009, de la DIA del proyecto “Optimización proceso productivo proyecto Refugio”; y N°45/2011, de la DIA del proyecto “Modificación proyecto minero Refugio racionalización de la operación mina-planta”.
  • 6 de mayo de 2015, la SMA inició un procedimiento administrativo sancionatorio contra el proyecto, calificando el incumplimiento ambiental imputado como gravísimo (rol D-14-2015, de la SMA).
  • 17 de marzo de 2016, la SMA sancionó a Compañía Minera Maricunga con la clausura definitiva de sus pozos de extracción, tras comprobar que debido a su acción se desecaron al menos 70 hectáreas de humedales ubicados en el complejo lacustre Laguna del Negro Francisco y Laguna Santa Rosa (Res.San. N°234/2016).
  • 28 de marzo de 2016, la empresa interpuso un recurso de reposición en contra de la resolución sancionatoria de la SMA.
  • 25 de abril de 2016, la SMA ingresa al Tribunal Ambiental la solicitud de autorización de la medida urgente y transitoria de clausura temporal total de los pozos de extracción de agua, rol S-33-3016. El 26 de abril, la medida fue autorizada, excepcionalmente, por 15 días corridos.
  • 18 de mayo de 2016, la SMA ingresa al Tribunal Ambiental solicitud de autorización de la medida urgente y transitoria de clausura temporal y parcial de los pozos de agua, rol R-36-2016. La medida fue otorgada por 25 días hábiles.
  • 23 de junio de 2016, la SMA acogió el recurso de reposición de CMM, adecuando la sanción de clausura definitiva (Res. Ex. N°234/2016) conforme a los siguientes lineamientos técnicos (i) suspender la incorporación de cianuro a las pilas de lixiviación; (ii) dar comienzo al inicio de lavado de dichas pilas, para lo que se autorizó extraer desde los pozos RA-1 y RA-2 un caudal promedio mensual específico, determinado sobre la base de las pérdidas por evaporación y requerimientos de los trabajadores que permanecen en faena (Tabla N° 1 y 3); (iii) la extracción será autorizada sólo hasta que se alcance el límite objetivo de cianuro en las pilas, lo que será definido por la SMA sobre la base de la concentración de cianuro presente en ellas; (iv) para determinar lo anterior, la SMA ordenó a CMM una serie de medidas de seguimiento y control (Res. Ex. N°571/2016.
  • 23 de junio de 2016, la SMA ingresó al Tribunal Ambiental solicitud de autorización de la medida urgente y transitoria de clausura temporal y parcial de los pozos de agua, rol R-39-2016, la que fue autorizada el 28 del mismo mes, por 15 días hábiles.
  • 24 de junio de 2016, la SMA sometió a Consulta del Tribunal Ambiental la sanción de clausura modificada (Rol C-6-2016), el cual fue resuelto el 13 de julio, archivándose.
  • 9 de julio de 2016, CMM ingresó al Tribunal Ambiental reclamación en contra de la resolución sancionatoria de la SMA, la que fue admitida a trámite bajo el Rol R-118-2016.

Ir al expediente de la causa Rol S-41-2016

 


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