Tribunal Ambiental autorizó detención de funcionamiento de obras de proyecto inmobiliario desarrollado en precordillera de Peñalolén

Jul 29, 2016

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El presidente y ministro de turno del Tribunal Ambiental de Santiago, Rafael Asenjo, autorizó a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para decretar, por el plazo de 30 días corridos, la medida provisional de detención de funcionamiento de toda obra de construcción de los condominios “El Camino Antupirén Alto” y “El Pórtico Las Pircas Norte”, desarrollados por Inmobiliaria Macul S.A. en la comuna de Peñalolén.

En detalle, la resolución dispone “la paralización de toda obra de construcción que actualmente se esté ejecutando en los lotes 4R y 4H2, ubicados en la Zona R7 del Plan Regulador de la comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, consistentes en movimientos de tierra, despejes de terreno, remoción de especies arbustivas y árboles, y tala de bosque nativo, destronque, y obras de urbanización, así como la detención o inicio de toda obra complementaria a ello”, por parte de la inmobiliaria. La disposición se hará efectiva desde el momento en que la Superintendencia notifique a la empresa.

“Que, en opinión de este Ministro, los antecedentes reunidos por la SMA y acompañados en esta sede, resultan suficientes e idóneos para determinar la existencia del riesgo o daño inminente al medio ambiente y a la salud de las personas descritos en los considerandos 3 y 4 anteriores. Lo anterior se encuentra fundado en el posible fraccionamiento, así como en la naturaleza, extensión y localización de las actividades propias de las faenas de movimiento de tierra y construcción, en el contexto del proyecto inmobiliario que se pretende instalar. Cabe destacar que los lotes 4R y 4H2 se ubican en el entorno de un ecosistema precordillerano emplazados en la Región Metropolitana, que está declarada zona saturada por ozono, material particulado respirable, partículas totales en suspensión, y monóxido de carbono, y zona latente por dióxido de nitrógeno (Decreto Supremo Nº 131 de 1996, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia), y, además, son aledaños a zonas pobladas, como la Comunidad Ecológica de Peñalolén, cuya Junta de Vecinos fue la denunciante en el caso de autos. Por todo lo anterior, dichos riesgos necesariamente deben prevenirse a través de la medida solicitada”, dice la resolución.

Antecedentes

  • 3 de diciembre de 2014, la SMA recibió una denuncia de la Junta de Vecinos de la Comunidad Ecológica de Peñalolén, por eventual elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de distintos proyectos inmobiliarios en la zona.
  • 31 de agosto de 2015, la SMA realizó una primera inspección a los proyectos, donde constató que no se había dado inicio a la construcción de los mismos.
  • 28 de abril de 2016, los denunciantes solicitaron a la SMA pronunciarse por las medidas provisionales solicitadas pues denunciaron que Inmobiliaria Macul S.A. habría iniciado obras. Lo mismo se planteó en oficio del Senado, que recogió una solicitud del Senador Antonio Horvath de revisar la denuncia.
  • 25 de mayo de 2016, la SMA realizó una segunda inspección, observando movimientos de tierra, corta de árboles y especies arbustivas, en los lotes de Inmobiliaria Macul (4H2 y 4R). Tras esta fiscalización y, con la recopilación de diversos antecedentes, la SMA realizó el informe de DFZ-2015-116-XIII-SRCA-IA.
  • 18 de julio de 2016, la SMA llevó a cabo una tercera inspección ambiental.
  • 19 de julio de 2016, la Fiscal Instructora del procedimiento sancionatorio formuló un cargo en contra de Inmobiliaria Macul S.A., por “fraccionar los proyectos inmobiliarios que se están construyendo en los lotes 4H2 y 4R”, lo que en conjunto suman 9,39 hectáreas y le solicitó al Superintendente adoptar medidas provisionales (Res. Ex. N°1/Rol D-041-2016), las que se hicieron efectivas el mismo día (Memorándum D.S.C. N°387/2016).
  • 25 de julio de 2016, la SMA ingresó al Tribunal Ambiental de Santiago la solicitud de autorización de la medida provisional de detención de funcionamiento.
  • 27 de julio de 2016, el Tribunal autorizó la medida.

Ir al expediente de la causa Rol S-43-2016


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