Tribunal rechazó reclamación contra la SMA por archivar denuncia de elusión al SEIA contra proyecto “Edificio Urmeneta” en Limache

Oct 17, 2022

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El Segundo Tribunal Ambiental, por dos votos contra uno, rechazó la reclamación interpuesta en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por archivar denuncia de elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) del proyecto Edificio Urmeneta, ubicado en Limache.

Tras analizar los antecedentes de la causa, el Tribunal concluyó que en este caso. “i) no se produjeron vicios de procedimiento en la tramitación de la denuncia; ii) la resolución reclamada fundamenta debidamente la decisión de archivo de la denuncia por no configurarse las tipologías de ingreso al SEIA de los literales g) y p) del artículo 10 de la Ley N° 19.300; y iii) la SMA no cometió ilegalidad alguna al omitir el trámite de consulta al SEA, ya que en este caso no era procedente”.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente (s), Daniella Sfeir y Cristián López. La sentencia fue redactada por la ministra Sfeir y la disidencia, por el ministro López, quien estuvo por acoger la reclamación, ya que -según su parecer- la SMA no fundamentó debidamente la resolución reclamada.

Respecto de la alegación asociada a la falta de motivación de la resolución reclamada en relación con las tipologías de ingreso al SEIA eventualmente aplicables, la sentencia detalla que “las Reservas de la Biósfera corresponden a una categoría internacional que no forma parte de las áreas colocadas bajo protección oficial de nuestro ordenamiento jurídico, sin perjuicio que puedan coincidir, en algunas ocasiones, como ocurre parcialmente en este caso, en que la zona núcleo de la Reserva de la Biósfera La Campana-Peñuelas es parte del Parque Nacional La Campana y de la Reserva Nacional Lago Peñuelas”. Concluye la sentencia que “el hecho que el proyecto se localice en la ciudad de Limache, la cual está situada dentro de la zona de transición de la Reserva de la Biósfera La Campana-Peñuelas, no implica que se ejecute en un área colocada bajo protección oficial al tenor del literal p) del artículo 10 de la Ley N° 19.300”.

El fallo agrega que la controversia planteada por el reclamante, el filósofo y vecino de la comuna Gastón Soublette, tiene relación con aspectos netamente urbanísticos, más que ambientales, los que deben ser analizados en la sede correspondiente. “Dichos aspectos urbanísticos dicen relación con el legítimo interés por resguardar el patrimonio arquitectónico de la comuna de Limache, el cual debe canalizarse a través de la legislación sectorial pertinente (…) Corrobora lo anterior el hecho que -según reconoció en estrados el abogado de la reclamante-, se solicitó a la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Limache, la invalidación del permiso de edificación del “Edificio Urmeneta”.

El proyecto inmobiliario “Edificio Urmeneta”, cuyo titular es el Grupo San Isidro S.A., consiste en la construcción un edificio de 10 pisos de departamentos y 1 piso subterráneo, con un total de 80 viviendas, 2 locales comerciales, 41 bodegas, 41 estacionamientos de vehículos y 71 estacionamientos de bicicletas, en una superficie de 7.811 m2, con capacidad para albergar a 320 personas.

Antecedentes

  • 16 de noviembre de 2019, la municipalidad de Limache entregó el Permiso de Anteproyecto (Permiso N° 155), mientras que el Permiso de Obra Nueva (Permiso N° 132), fue entregado el el 3 de septiembre de 2021.
  • 1 de junio de 2020, la municipalidad de Limache ingresó a la SMA (oficina regional de Valparaíso) denuncia de vecinos, principalmente del sector San Francisco de Limache, relativa a la elusión al SEIA del proyecto inmobiliario.
  • 27 de enero de 2021 Gastón Soublette, se hizo parte de esta denuncia.
  • 6 de julio de 2021, la SMA archivó la denuncia (Res. Ex. N°1537/2021)
  • 4 de agosto de 2021, Gastón Soublette interpuso en el Tribunal reclamación contra la resolución de la SMA, la que fue admitida a trámite con el rol R-296.-2021.
  • 7 de abril de 2022, se llevó a cabo la audiencia, alegando los abogados Juan Molina Tapia, abogado del reclamante, y Juan Montero Fermandois, abogado del reclamado, SMA.

Ir al expediente de la causa R-296-2021


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