Por extemporánea: Tribunal rechazó reclamación contra el Servicio de Evaluación Ambiental vinculada a la aprobación del proyecto Santiago-Rancagua de EFE

Mar 1, 2018

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El Tribunal Ambiental de Santiago, por unanimidad de sus ministros, rechazó por extemporánea la reclamación presentada en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), asociada a la aprobación del proyecto “Mejoramiento integral de la infraestructura ferroviaria tramo: Santiago- Rancagua”, de la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE).

Los reclamantes ocurrieron al Tribunal luego de que el SEA rechazara la reclamación administrativa que habían interpuesto en contra de la RCA del proyecto, alegando que, en el proceso de evaluación ambiental, no se habían considerado debidamente sus observaciones ciudadanas. Solicitaron la revocación de dicha resolución, y también, de la RCA favorable del proyecto ferroviario.

Al desestimar la reclamación, el Tribunal explicó que la Ley Nº 19.300 ha establecido expresamente un procedimiento para la impugnación de RCA, señalando un plazo de 30 días hábiles que se cuentan desde la notificación de la resolución respectiva. Atendido lo anterior, y que además, el reclamante indicó la fecha exacta de su notificación, el Tribunal concluyó que “no resulta necesario aplicar las [disposiciones sobre cómputo de plazos respecto de notificaciones vía carta certificada] de la Ley Nº 19.880, dado su carácter de supletoria, lo que se justificaría en el hipotético caso que exista algún aspecto oscuro, no normado o que deje alguna duda, condición que no concurre en la especie”.

No obstante lo anterior, el Tribunal tuvo en consideración “Que, en la presente causa la reclamante declaró tanto en el escrito de reclamación como en estrados que fue notificada de la resolución cuestionada con fecha 26 de enero de 2017, en circunstancias que la reclamación sólo se presentó el 14 de marzo de 2017. Que, a la luz de lo expuesto, incluso en el entendido que fuere aplicable supletoriamente la Ley Nº 19.880 para este caso, corresponde tener por desvirtuada la presunción legal a la que alude el artículo 46 inciso segundo de dicha norma, y, a consecuencia de ello, acoger la alegación de extemporaneidad –alegada tanto por la parte reclamada como por su tercero coadyuvante- por haberse presentado la reclamación después de los 30 días hábiles contados desde la notificación efectiva del acto recurrido”.

Por último, la sentencia destaca que “la falta de ejercicio oportuno de las acciones que el régimen jurídico vigente contempla, como ocurre en la presente causa, genera el efecto jurídico de preclusión de la correspondiente acción. Ello lleva al Tribunal a concluir que, lejos de producirse indefensión, la existencia y aplicación estricta de los plazos establecidos se sustenta desde la seguridad jurídica en que descansa nuestro ordenamiento”.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros titulares Alejandro Ruiz, presidente, y Felipe Sabando, además del ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Juan Manuel Muñoz Pardo. Redactó la sentencia el ministro Ruiz.

Antecedentes

  • 5 de septiembre de 2012, la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE) ingresó el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua”.
  • Durante la participación ciudadana (PAC), la DIA recibió 193 observaciones ciudadanas de las que 189 se admitieron a tramitación.
  • 25 de abril de 2013, la Comisión de Evaluación Metropolitana calificó ambientalmente favorable el proyecto (RCA Nº 373/2013).
  • 19 de junio de 2013, Jessica Catalina Lobos Quelempan, en representación del Comité “El Canelo”, interpuso ante el SEA reclamación administrativa contra la RCA del proyecto, alegando que no se habían considerado debidamente sus observaciones PAC.
  • 18 de enero de 2017, el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental resolvió el procedimiento administrativo, rechazando la reclamación (Res. Ex. N° 62/2017).
  • 15 de marzo de 2017, Jessica Lobos Quelempan, en representación del Comité “El Canelo” interpuso ante el Tribunal Ambiental una reclamación solicitando que se revocará la Res. Ex. N° 62/2017 del SEA que resolvió el recurso administrativo y la RCA favorable del proyecto. Esta acción fue admitida a trámite con el rol R Nº 150-2017.
  • 3 de julio de 2017, EFE se hizo parte como tercero coadyuvante del SEA.
  • 16 de agosto de 2017, se llevaron a cabo los alegatos, que estuvieron a cargo de los abogados Valentina Durán, por la reclamante, Javier Naranjo, por el SEA y Javier Vergara, por EFE, tercero coadyuvante del Servicio.

Ir al expediente de la causa R-150-2017


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