Fallo rechazó demanda por daño ambiental contra dos planteles de crianza y engorda de animales ubicados en Isla de Maipo y Talagante

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la demanda de reparación por daño ambiental presentada en contra de dos planteles de crianza y engorda de animales de Sociedad Agrícola Los Tilos Limitada, ubicados en las comunas de Isla de Maipo y Talagante.

“El Tribunal estimó que el funcionamiento del plantel Las Pircas, ubicado en la comuna de Isla de Maipo, no genera perjuicio a la Parcelación Doña Esther, la demandante, considerando la distancia existente entre ambos predios, las condiciones meteorológicas predominantes, y las características topográficas del entorno inmediato. De esta manera, siguiendo las reglas de la lógica y principios científicos, resulta poco probable que la parcelación Doña Esther se vea afectada por la operación de dicho plantel, requisito sine qua non para la titularidad de la acción ambiental”, concluye la sentencia respecto de uno de los planteles para luego agregar que, en relación con la planta ubicada en Talagante, “la prueba aportada en autos no permite acreditar un daño ambiental en las componentes aire, agua y suelo como consecuencia de su funcionamiento”.

Si bien esta magistratura especializada concluyó que durante el juicio no se acreditó el daño alegado por la demandante, Junta de Vigilancia Parcelación Doña Ester; resolvió decretar medidas cautelares contra el Plantel Santa Mariana, ubicado en Talagante, ya que de la prueba presentada por las partes, asi como aquella recabada durante el proceso, especialmente, del acta de inspección personal, se constataron falencias que “generan un riesgo previsible para el entorno y la salud de las personas”, el cual no puede ser desatendido.

El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s), y el ministro Cristián López Montecinos, quien redactó la sentencia.

Medida cautelar
Respecto de este punto, cabe recordar que, en junio de 2025, el Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo inspección personal en la zona donde se encuentra emplazado el plantel de crianza y engorda de cerdos Santa Mariana, en la comuna de Talagante.

Las deficiencias operacionales constatadas por el Tribunal dan cuenta de falta de información -seguimiento y control de los procesos-, datos y registros, así como deficiencias estructurales verificadas en terreno (fallas en el sistema de ventilación manual, desconocimiento de la conducción de los purines al sistema de tratamiento de tipo primario -ducto, canaleta-, entre otros).

Por tales razones, la sentencia ordena al Plantel Santa Mariana, Talagante, a ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de conformidad con el artículo 10 de la Ley N° 19.300 y artículo 3 del Reglamento del SEIA, mediante Declaración o Estudio de Impacto ambiental, según el artículo 11 de la citada ley, en un plazo máximo de 12 meses desde la notificación de la presente sentencia.

“En tanto no se obtenga la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental, el titular no podrá aumentar la cantidad de animales existentes en el predio pecuario al momento de la notificación de la sentencia, lo que deberá ser informado al Tribunal mediante el DEA de dicha fecha reportado al SAG Región Metropolitana”.

Hasta que el Plantel obtenga la resolución de calificación ambiental respectiva, deberá entregar al Tribunal información respecto de los pabellones, pabellones de engorda y recría, el sistema de tratamiento primario, fracción líquida y sólida de purín y riego de cultivos de frutales.

Antecedentes

  • 23 de julio de 2024, la Junta de Vigilancia Parcelación Doña Esther presentó demanda por reparación de daño ambiental en contra de los establecimientos Plantel Porcino Agrícola Los Tilos, de la comuna de Isla de Maipo, y Plantel Avícola Santa Mariana, de la comuna de Talagante, pertenecientes a la Sociedad Agrícola Los Tilos Limitada.
    Argumentó que estos estarían generando el daño ambiental y poniendo en riesgo la salud y la vida de los vecinos, producto de los malos olores provenientes del hacinamiento de los animales y del tratamiento de purines. La operación de los planteles -dice- estaría generando vectores sanitarios, así como contaminando el suelo y los cursos de aguas.
  • En noviembre de 2024, el Tribunal llamó a las partes a conciliación. Si bien demandante y demandado expresaron su interés por llegar a un acuerdo, en diciembre del mismo año -transcurrido el plazo que esta magistratura les entregó para presentar una propuesta de acuerdo- ambas partes indicaron que, pese a proponer una serie de medidas destinadas a cerrar una conciliación, estas no alcanzaron consenso.
  • En enero de 2025, el Tribunal dio por fracasada la conciliación iniciando el juicio propiamente tal, con la etapa audiencias testimoniales y prueba.
  • 15 de abril de 2025, se realizaron los alegatos finales por el abogado Juan Alberto Molina Tapia, en representación de la demandante, Junta de Vigilancia Parcelación Doña Esther, y la abogada Paola Fritz Torrealba, por el demandado, Sociedad Agrícola Los Tilos Ltda.
  • 10 de junio de 2025, el Tribunal llevó a cabo inspección personal en la zona donde se encuentra emplazado el plantel de crianza y engorda de cerdos Santa Mariana, en la comuna de Talagante.

Acceder a la sentencia [link]

Acceder al expediente de la causa D-87-2024

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