Tribunal aprobó protocolos para institucionalizar y ordenar su funcionamiento priorizando los medios remotos

Abr 18, 2022

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Con el propósito de dar cumplimiento efectivo la Ley N°21.394, que ordena a los tribunales especiales que no forman parte del Poder Judicial, funcionar de manera excepcional privilegiando las vías remotas, en la medida que cuenten con los medios para hacerlo, el Tribunal desarrolló y aprobó dos protocolos destinados a institucionalidad y ordenar esta mecánica de funcionamiento.

Cabe recordar que el artículo decimoséptimo transitorio de Ley N°21.394, busca reducir al mínimo las ocasiones de contacto presencial en los tribunales, privilegiando para ello el uso de la tecnología. Esto permitirá garantizar la continuidad del servicio judicial, resguardando la vida y la salud de las personas, atendidas las recomendaciones sanitarias vigentes en orden a restringir la movilidad y la interacción social a causa de la emergencia sanitaria ocasionada por la enfermedad COVID-19.

Ambos protocolos, uno para reclamaciones y otro para demandas de reparación de daño ambiental, abordan temas asociados a la organización del trabajo, indicando que el funcionamiento del tribunal combina la modalidad de trabajo presencial y remota; precisando en cuanto al mesón y atención de público, que se privilegiará la vía remota a través de los canales establecidos especialmente para ello, como los correos contacto@tribunalambiental.cl y gestiondecausas@tribunalambiental.cl y la atención telefónica al número (56) 223 936 900; en cuanto a los escritos y documentos, éstos deberán ser presentados siempre a través del sistema de tramitación, al que podrá accederse mediante Clave Única; y, finalmente, regula pormenorizadamente los aspectos relativos a la realización de audiencias por video conferencias y semipresenciales.

Las disposiciones contenidas en los protocolos tendrán la vigencia establecida en la ley.

Acceder al protocolo de funcionamiento para reclamaciones de ilegalidad de actos de la Administración

Acceder al protocolo de funcionamiento para demandas por reparación de daño ambiental

 


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