El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo audiencias en dos reclamaciones presentadas por un grupo de vecinos de las comunas de Lo Espejo y El Bosque contra la aprobación del proyecto “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago- Rancagua”, de EFE.
El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos. Alegaron las abogadas María Nora González Jaraquemada, en representación de la reclamante, Catalina Huerta Bau; y María Paz Ramírez Valenzuela, por el reclamado, Servicio de Evaluación Ambiental; y los abogados Marcos Emilfork Orthusteguy, por la reclamante, Cecilia Binimelis, y Javier Vergara Fisher, por EFE, tercero coadyuvante del SEA.
Antecedentes
- 25 de abril de 2013, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) calificó ambientalmente favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago – Rancagua” (RCA N°373/2013). En contra de esta decisión se presentaron diversos recursos administrativos y acciones judiciales, una de ellas ante el Segundo Tribunal Ambiental (causa rol R35-2014).
- 18 de febrero de 2016 el Segundo Tribunal Ambiental dictó sentencia, acogiendo las reclamaciones y ordenando al SEA retrotraer el proceso de evaluación hasta la dictación del Icsara N°2. Este fallo fue objeto de casación ante la Corte Suprema, 16 de mayo de 2022, el que fua acogido, anulando la resolución del Tribunal Ambiental. El máximo Tribunal ordenó al SEA inhibirse de conocer los recursos administrativos de aquellas personas que habían presentado los recursos de protección, pues las pretensiones eran las mismas; esto es dejar sin efecto la RCA del proyecto
- 13 de octubre de 2016, el SEA dictó la resolución cumpliendo lo ordenado por la Corte Suprema, dejando sin efecto todo lo obrado hasta entonces en el procedimiento. Luego, se inhibió de conocer aquellas reclamaciones administrativas planteadas por quienes habían accionado judicialmente, y analizó los recursos por falta de consideración de las observaciones formuladas en el proceso de participación ciudadana (PAC), que no se encontraban en la hipótesis antes indicada.
- La decisión de inhibirse por parte del SEA fue objeto de reclamaciones en el Segundo Tribunal Ambiental, las que fueron rechazadas por sentencia en reclamación R-186-2016. Sin embargo, al analizar los recursos de casación que se presentaron contra este fallo, la Corte Suprema anuló de oficio la decisión ambiental, ordenando dar tramitación a las reclamaciones PAC. Respecto de las cuales el SEA se había inhibido de conocer.
- 21 de diciembre de 2023, la Dirección Ejecutiva del SEA, rechazó los recursos de reclamación (Res. Ex. N°2023991011003).
- 8 de febrero de 2024, un grupo de nueve vecinos de las comunas de Los Espejo y El Bosque, además una vecina de Lo Espejo ingresaron reclamaciones en el Segundo Tribunal Ambiental en contra de la decisión del SEA, las cuales fueron admitidas con los roles R-444-2024 y R-445-2024 y acumuladas.
Acceder al expediente de la causa R-444-2024, acumula R-445-2024