Tribunal realizó audiencia en reclamación que busca que proyecto de Eletrans, que modifica forma de construcción de torres de alta tensión, ingrese al SEIA

Ago 29, 2023

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El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo audiencia en reclamación presentada contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), a través de la cual se busca que el proyecto “Optimización construcción de torres con helicóptero”, de Eletrans III S. A. ingrese al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s), Marcela Godoy Flores y Cristián López Montecinos. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Alejandro Díaz Díaz, por la reclamante María Delanoé Olivares; Raúl Herrera Araya, por el reclamado, SEA; y Matías Montoya Tapia, abogado de Eletrans III S.A., tercero Coadyuvante del SEA.

La reclamante, que es vecina de la comuna de La Serena y propietaria del predio en el cual se instalarán dos de las torres incluidas en el proyecto de optimización, acudió al Tribunal luego que el SEA rechazó la solicitud de invalidación de la resolución que resolvió que dicha iniciativa no requería ingresar al SEIA.

Solicita al Tribunal que sin efecto la resolución que rechazó su solicitud de invalidación y le ordene al SEA a dictar una nueva a través de la cual invalide la resolución que resolvió la consulta de pertinencia del proyecto. En consecuencia, dice, que se declare y ordene en dicha resolución que el proyecto denominado es una modificación sustancial del proyecto “Nueva Línea Nueva Maitencillo – Punta Colorada – Nueva Pan de Azúcar 2×220 Kv, 2 x 500 MVA”, aprobado por RCA N°193 de 2020, y que, por lo tanto, debe ingresar a evaluación ambiental.

“En efecto, no corresponde a un proyecto diversos, sino que, en realidad se trata de un método de construcción que el concesionario ya está implementando y que es propio de la fase de construcción del proyecto amparado por la referida RCA, y que como tal, con la ampliación de esta metodología a áreas del territorio y torres de alta tensión respecto de las que no fueron consideradas en la evaluación ambiental del Estudio (EIA), debió hacerlo en dicha oportunidad como parte de la evaluación ambiental, y no lo hizo, pretendiendo en esta ocasión, eludir, el SEIA mediante la consulta de pertinencia cuyo pronunciamiento se solicita sea invalidado”.

La reclamante agrega que la resolución reclamada sí es susceptible de amenaza a la propiedad, “precisamente por los riesgos de las operaciones de construcción área, que debieron ser evaluados en las torres señaladas y no lo fueron por la consulta de pertinencia que carece de habilitación legal para ello”.

En tanto, el SEA solicita al Tribunal rechazar la reclamación en todas sus partes. Afirma que su resolución no fue dictada con infracción a derecho ni posee un vicio de carácter esencial; además, indica que esta se apega a legalidad por cuanto confirma que la resolución que resuelve la consulta de pertinencia descartó correctamente el ingreso del Proyecto al SEIA. “Lo anterior fundado en que el Servicio constató que no existe una vulneración al artículo 8 de la Ley N° 19.300 y a que el Proyecto no constituye una modificación de aquellas que implican un cambio de consideración conforme a los literales de la letra g) del artículo 2 del RSEIA”.

Asimismo, manifiesta que no se ha constatado una infracción a las garantías constitucionales, dado que la reclamante no ha logrado acreditar una infracción a la integridad personal, “incorporando esta alegación solo en esta instancia judicial, no se aprecia la vulneración a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y finalmente, no existe una infracción a su derecho de propiedad en cuanto como se explicó, las torres que se emplazarían en su predio, sí fueron evaluadas ambientalmente en su oportunidad, modificándose únicamente en esta instancia su método constructivo lo que no constituye un cambio de consideración”.

El proyecto “Optimización construcción de torres con helicóptero”, está relacionado con la iniciativa “Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta Colorada -Nueva Pan de Azúcar 2×220 kV, 2×500 MVA, ambos de Eletrans. Consiste en aumentar la cantidad de torres que serán construidas a través de helicópteros, contempladas en el proyecto original.

Antecedentes

  • 17 de noviembre de 2020, la “Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta Colorada -Nueva Pan de Azúcar 2×220 kV, 2×500 MVA”, de Eletrans III S.A. (RCA N°193/2020).
  • 29 de octubre de 2021, Eletrans III S.A. presentó consulta de pertinencia de ingreso al SEIA del proyecto “Optimización construcción de torres con helicóptero”, asociado al primero.
  • 28 de enero de 2022, el SEA resolvió que el Proyecto no tenía la obligación de someterse al SEIA en forma previa a su ejecución (Res. Ex. N°20229910175 /2022).
  • 11 de febrero de 2022, María Delanoé Olivares presentó solicitud de invalidación de la resolución recién citada, la cual fue rechazada por la directora ejecutiva del SEA el 10 de enero de 2023, tras determinar que se descartó adecuadamente el eventual ingreso (Res. Es. N°20139910118/2023).
  • 22 de febrero de 2023, María Delanoé Olivares interpuso en el Tribunal Ambiental reclamación contra la resolución que rechazó la invalidación, la cual fue admitida a trámite con el rol R-392-2023.
  • 17 de marzo de 2023, el Tribunal tuvo a de Eletrans III S.A. como tercero Coadyuvante del SEA.

Ir al expediente de la causa R-392-2023


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