Tribunal realizó audiencia en reclamaciones contra proyecto inmobiliario de 24 torres en la comuna de Peñalolén

Oct 19, 2022

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El Segundo Tribunal Ambiental realizó audiencia en dos reclamaciones contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que buscan revertir la aprobación ambiental del proyecto inmobiliario “Hijuelas Quilín”, ubicado en la comuna de Peñalolén.

El Tribunal estuvo integrado por el ministro Cristián Delpiano Lira, presidente (s), la Ministra Daniella Sfeir Pablo y el ministro Carlos Valdovinos, ministro suplente, del Tercer Tribunal Ambiental. Los alegatos estuvieron a cargo del abogado Aníbal Acevedo Esbeile, por la I. Municipalidad de Peñalolén; la abogada Antonia Berríos Bloomfield, por los Reclamantes personas naturales, la abogada Izaskun Linazasoro Espinoza, por el SEA, y el abogado Andrés Sáez Astaburuaga, de Inmobiliaria Universa SpA, Tercero Independiente.

Las reclamaciones fueron presentadas por la Municipalidad de Peñalolén y un grupo de vecinos de esa comuna luego que la Dirección Ejecutiva del SEA rechazó las solicitudes de invalidación interpuestas por las reclamantes, en contra de la resolución que revirtió la calificación desfavorable del proyecto “Hijuelas Quilín”, cuyo titular es Inmobiliaria Universia SpA.

La municipalidad solicita al Tribunal que declare ilegal la resolución reclamada y se califique desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “por no contener antecedentes suficientes que permitan descartar que éste no producirá los efectos del literal c) del artículo 11 de la Ley N°19.300, y se ordene su ingreso por medio de un Estudio de Impacto Ambiental”.

En tanto, los vecinos solicitan que el Tribunal, previo informe del SEA, acoja la reclamación, dejando sin efecto las resoluciones recurridas y ordenando dejar firme la calificación ambiental desfavorable del proyecto.

Aseguran que el proyecto adolece de tres formas de ilegalidad, la primera por aprobarse pese a que la información disponible permite prever la generación de impactos adversos significativos a la calidad de vida de las personas, o bien, que con la información disponible no es posible descartar esos impactos; la ilegalidad de aprobarse sin contar con una etapa de participación ciudadana, pese a que esta resultaba procedente; y por faltarle fundamento al no haberse descartado con suficiente mérito la generación de impactos adversos significativos sobre la salud de la población y la conservación del recurso hídrico”.

En tanto, el SEA solicita al Tribunal rechazar en todas sus partes las reclamaciones, por adolecer de vicios de forma insubsanables que la tornan en ininteligible y carecer de fundamentos tanto en los hechos como en el Derecho.

Argumenta que la Municipalidad de Peñalolén se excedió en sus competencias cuando evacuó informes relativos a la concurrencia de efetos, características o circunstancias previstas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, en el marco del procedimiento de evaluación ambiental; al tiempo que sostiene que se descartaron adecuadamente los efectos, características o circunstancias establecidos en la letra c) del artículo 11 de la Ley N°19.300.

“En efecto, atenido que el análisis de los antecedentes presentados tuvo lugar considerando una correcta área de influencia, el escenario más conservador de tiempos de desplazamientos y, además, que el Proyecto contemplaría acciones y obras que permitían asegurar que no se producirían los impactos significativos previstos específicamente en el artículo 7 del RSEIA y, en particular, que no se generaría una obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento contemplados en su literal b)”, explica.

Asimismo, asegura que tanto la resolución reclamada como aquella que otorgo la calificación ambiental favorable al proyecto inmobiliario, concluyeron fundadamente que no se configura la supuesta falta de claridad que impediría descartar la generación del impacto ambiental contenido en el artículo 7 letra b) del RSEIA, ya que las medidas propuestas por el proyecto para descartar dicho impacto no dicen relación directa con las medidas de mitigación comprendidas en el EISTU aprobado.

El proyecto “Hijuelas Quilín” contempla la construcción de 24 torres para un total de 2.368 departamentos; un strip center de 22 locales comerciales, 4.009 estacionamientos para vehículos (3.964 para destino residencial y 45 para destino comercial) y 2.010 estacionamientos para bicicletas y la apertura de nuevas vías con su correspondiente urbanización. Se emplazará en una superficie de terreno bruta de 163.696,72 m² en avenida Consistorial de la comuna de Peñalolén.

Antecedentes

  • 27 de noviembre de 2019, la autoridad ambiental calificó desfavorablemente el proyecto “Hijuelas Quilín” (RCA N°688/2019),
  • 8 de julio de 2020, el SEA acogió reclamación administrativa interpuesta por Inmobiliaria Universa SpA contra la RCA del proyecto, otorgándole RCA favorable con condiciones. (Res. Ex. N° 202099191465/2020), en consideración a que los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación ambiental del Proyecto, no se configuró la supuesta falta de claridad esgrimida por la Comisión que impediría descartar la generación del impacto ambiental contenido en el artículo 7 letra b) del RSEIA, ya que las medidas propuestas por el Proyecto para descartar dicho impacto no dicen relación directa con las medidas de mitigación comprendidas en el EISTU aprobado.
  • 18 de febrero de 2022, la Dirección Ejecutiva del SEA rechazó, en todas sus partes, la reclamación administrativa presentada por el municipio de Peñalolén soliictando invalidar la decisión antes señalada (Res. Ex. N° 202299101141/2022).
  • 25 de marzo, la Municipalidad de Peñalolén interpuso en el Tribuna Ambiental reclamación contra la decisión del SEA, la que se admitió a trámite con el rol R-334-2022.
  • 1 de abril de 2022, los vecinos de Peñalolén Raimundo Rau, Pierre Soulé y Rebeca Favero, interpusieron reclamación contra la misma resolución la que se admitió con el rol R-336-2022
  • 25 de abril de 2022, el Tribunal acumuló ambas causas la bajo el rol R-334-2022.
  • 17 de octubre de 2022, el Tribunal tuvo a Inmobiliaria Universia SpA como tercero independiente en la causa.

Ir al expediente R-334-2022, acumula R-336-2022


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