Tribunal realizó audiencia en reclamación que cuestiona vigencia de la RCA de proyecto hidroeléctrico ubicado en la región del Maule

Mar 17, 2022

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El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo la audiencia en reclamación presentada en contra del director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), vinculada al proyecto “Central Hidroeléctrica Embalse Bullileo”, ubicado en la Región del Maule.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Cristián Delpiano y Cristán López. Los alegatos estuvieron a cargo de las abogadas Carolina Matthei, en representación del reclamante, Allibera Solar Consultores Ltda., Izaskun Linazasoro, por el reclamado, SEA, y el abogado Sebastián Abogabir, por el tercero coadyuvante del SEA, Bullileo SpA.

La reclamación fue presentada por Allibera Solar Consultores Ltda., quien acudió al Tribunal luego que el director ejecutivo del SEA rechazara su solicitud de invalidación de la resolución que tuvo por acreditado el inicio de ejecución del citado proyecto eléctrico, cuyo titular es Bullileo SpA.

La empresa de energía solar, solicita al Tribunal que acoja la reclamación y deje sin efecto la resolución que rechazó la invalidación, declarando en consecuencia que Allibera Solar Consultores Ltda., tiene el carácter de interesado, que la solicitud fue presentada dentro de plazo y que la resolución N°449/20119, que acreditó el inicio de ejecución del proyecto, es contraria a Derecho, por lo que debe ser invalidada.

El SEA, en tanto, solicita al Tribunal rechazar en todas sus partes la acción de reclamación deducida, por carecer de fundamentos tanto en los hechos como en el Derecho.

“En definitiva, las alegaciones de los Reclamantes deben ser rechazadas por cuanto no tienen asidero en la realidad; (i) al intentar configurar un vicio de invalidez del acto administrativo en causales no reconocidas por la normativa vigente; (ii) al sostener que el Titular solo puede dar inicio a la ejecución por medio de obras materiales del Proyecto y (iii) confundiendo competencias de fiscalización del cumplimiento de las autorizaciones administrativas con aquella que le compete a este servicio, que es únicamente corroborar que el titular ha dado inicio a la ejecución del Proyecto, conforme a la normativa vigente”

El proyecto consiste en una central de pasada emplazada en el río Bullileo (afluente del río Longaví), inmediatamente aguas abajo del embalse del mismo nombre, y comprende la construcción de una central hidroeléctrica de una potencia instalada de 8,0 MW con un caudal de diseño de 10,0 metros cúbicos por segundo y con una caída neta de 93,1 metros, que produce una generación media anual aproximada de 31,1 GWh.

Antecedentes

  • 2 de diciembre de 2013, el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Central Hidroeléctrica Embalse Bullileo obtuvo RCA favorable (RCA N°261/2013)
  • 4 de abril de 2019, el director ejecutivo del SEA tuvo por acreditado el inicio de ejecución del proyecto (Res. Ex. N°449/2019)
  • 23 de febrero de 2021, Allibera Solar Consultores Ltda. solicitó al SEA la invalidación de la resolución N°449/2019.
  • 9 de junio de 2021, el director ejecutivo del SEA resolvió rechazar la solicitud de invalidación presentada por Allibera Solar Consultores Ltda. (Res. Ex. N°202199101323/2021)
  • 17-06-2021, Allibera Solar Consultores presentó en el Segundo Tribunal Ambiental reclamación en contra de la resolución recién citada, la que fue admitida a trámite con el rol R-293-2021.
  • 20 de octubre de 2021, el Tribunal tuvo como tercero coadyuvante del SEA a Bullileo SpA, titular del proyecto.

Ir al expediente de la causa R-293-2021


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