Tribunal realizó audiencia en reclamación contra el Ministerio del Medio Ambiente asociada a cartografía de Santuario de la Naturaleza Río Cruces y Chorocomayo, en Valdivia

May 19, 2020

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El Tribunal Ambiental de Santiago llevó a cabo audiencia en reclamación presentada por un vecino del sector Tres Bocas, de la comuna de Valdivia, en contra del Ministerio del Medio Ambiente por la aprobación del decreto que definió la cartografía del Santuario de la Naturaleza Río Cruces y Chorocomayo, en los alrededores de la ciudad de Valdivia, Región de Los Ríos.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente, Alejandro Ruiz y Felipe Sabando. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Esteban Vilchez, por el reclamante; Osvaldo Solís, por el Consejo de Defensa del Estado, en representación del Ministerio del Medio Ambiente, y Marcel Didier, por la Comunidad Humedal: Asociación de Organizaciones Sociales para la Conservación Socioambiental del Humedal del río Cruces, tercero coadyuvante del MMA.

El reclamante, José Aguirre Marchi, acudió al Tribunal luego que el Ministerio rechazó su solicitud de invalidación en contra del Decreto Supremo N°41/2015, que aprueba la cartografía oficial de dicho Santuario, solicita al Tribunal declarar ilegales tanto la resolución que rechazó su solicitud de invalidación (Res. Ex. N°958/2018), como del D.S. N°41/2015, “resolviendo en su lugar […] que debe dictarse un nuevo decreto que aprueba la cartografía del Santuario de la Naturaleza Carlos Anwandter excluyendo la parte de la PENÍSULA VIDAL O PREDIO TRES BOCAS que no es isla ni corresponde a zona de inundación”.

En tanto, el Consejo de Defensa del Estado, en representación del MMA, solicita al Tribunal que rechace en todas sus partes la reclamación, con expresa condena en costas. Entre otros aspectos argumenta que “la discusión sobre si el lugar Tres Bocas se ubica en una península, o se trata de una isla, es una cuestión que ya fue revisada judicialmente en la causa caratulada “Carlos Javier Montoya V. con Superintendencia del Medio Ambiente, Rol R-2-2014 del Tribunal Ambiental de Valdivia, donde en líneas generales se hicieron valer idénticos argumentos a los expuestos por el Reclamante, estableciéndose en definitiva que el sitio, localidad o lugar “Tres Bocas” se encuentra dentro del Santuario de la Naturaleza del Río Cruces y Chorocamayo, creado por el D.S. N° 2734/1981”.

Cabe recordar que el 3 de junio de 1981, a través del D.S. N°2.734 se declaró “Santuario de la Naturaleza el lecho, islas y zonas de inundación del Río Cruces y Chorocomayo, entre el extremo Norte de la Isla Teja por el Sur y dos kilómetros al Norte del Castillo San Luis de Alba por el Norte. La zona posee aproximadamente una superficie de 4.877 hectáreas, con una longitud de 25 Kms. y un ancho de 2 Kms., en la ciudad de Valdivia, X Región”; mientras que el 6 de octubre de 2015, se dictó el D.S. N°41/2015 que aprobó la cartografía del Santuario.

Antecedentes

  • 3 de junio de 1981, mediante Decreto Supremo N°2.734/1981, del Ministerio de Educación se declaró Santuario de la Naturaleza “el lecho, islas y zonas de inundación del Río Cruces y Chorocomayo, entre el extremo Norte de la Isla Teja por el Sur y dos kilómetros al Norte del Castillo San Luis de Alba por el Norte. La zona posee aproximadamente una superficie de 4.877 hectáreas, con una longitud de 25 Kms. y un ancho de 2 Kms., en la ciudad de Valdivia, X Región”.
  • 6 de octubre de 2015, se dictó el Decreto Supremo N°41/2015 que “Aprueba cartografía oficial de Santuario de la Naturaleza que indica” relativo a dicho Santuario.
  • 23 de octubre de 2017, el reclamante ingresó una solicitud de invalidación ante el MMA, solicitando la invalidación del D.S. N° 41/2015.
  • 17 de octubre de 2018, el MMA rechazó la solicitud de invalidación en contra del decreto 41 (Res. Ex. N°958/2018).
  • 28 de diciembre de 2018, el reclamante ingresó al Tribunal Ambiental una reclamación en contra de la resolución que rechazó su solicitud de invalidación, fundado en el artículo 17 N° 8 de la Ley N° 20.600.
  • 12 de mayo de 2010, la “Comunidad Humedal: Asociación de Organizaciones Sociales para la Conservación Socioambiental del Humedal del río Cruces”, solicitó al Tribunal hacerse parte como tercero coadyuvante del Ministerio.

Ir al expediente R-200-2018


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