Sin embargo, a través de su sentencia, reafirmó su criterio sobre legitimación activa de las comunidades para acudir a la justicia especializada como “directamente afectados” por las decisiones de la Administración.
El Tribunal Ambiental de Santiago, por la unanimidad de sus integrantes, rechazó las dos reclamaciones interpuestas por la Comunidad Indígena Colla Tata Inti Pueblo Los Loros y vecinos de la zona, contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por decisiones que esta esta tomó en el marco del procedimiento sancionatorio contra el proyecto minero Caserones, ubicado en la Región de Atacama.
Con esta resolución, el Tribunal Ambiental -integrado por los ministros Rafael Asenjo, presidente; Sebastián Valdés y Ximena Insunza- indirectamente, confirmó la multa de 14.387 UTA, la segunda más alta impuesta a partir de la vigencia de la nueva institucionalidad ambiental, con motivo de 17 incumplimientos a varias de las RCA del proyecto Caserones y respaldó las medidas urgentes y transitorias ordenadas por la SMA en su resolución sancionatoria, ya que –dijo- estas fueron debidamente motivadas y son adecuadas para evitar un daño ambiental. Asimismo, ratificó la decisión del ente fiscalizador de absolver al proyecto minero de seis infracciones.
“Que, por todo lo desarrollado en esta sentencia, el Tribunal confirma la clasificación de las infracciones, así como la aplicación de las circunstancias del artículo 40 de la LOSMA para la determinación de la sanción al caso concreto y su cuantía”, dice el fallo al resolver las reclamaciones presentadas por la Comunidad Indígena Colla Tata Inti Pueblo Los Loros, además de vecinos y agricultores de la zona.
El Tribunal Ambiental además reconoció la legitimación activa de la Comunidad Indígena Colla Tata Inti Pueblo Los Loros, y de las personas naturales vecinas de la zona del proyecto para intervenir, en su condición de “directamente afectados” por la resolución de la SMA, como partes directas en las causas tramitadas por esta jurisdicción especializada.
Antecedentes
- 13 de enero de 2010, la Comisión Regional del Medio Ambiente de Atacama calificó favorablemente el “Proyecto minero Caserones” (RCA N°13/2010); el 25 de febrero de 2010 esa RCA fue rectificada (RCA N°52/2010); y luego, modificada el 16 de noviembre de 2010 (RCA N°68/2010).
- 11 de julio de 2011, la Comisión de Evaluación de Atacama calificó favorablemente la “Línea de transmisión 2x220kV Maitencillo- Caserones” (RCA. N°151/2011)
- 19 de enero de 2012, la misma Comisión aprobó el proyecto “Modificación línea de transmisión 2x220kV Maitencillo- Caserones, variante Maitencillo” (RCA N°17/2012).
- 23, 24, 25 y 26 de abril de 2013 se realizó inspección ambiental en instalaciones de proyecto Caserones.
- 05 de noviembre de 2013, la SMA inició el procedimiento sancionatorio (Rol F-025-2013), formulando cargos contra la empresa por incumplimientos a las RCA’s N°13/2010- N°151/2011 y N°17/2012.
- 20 de agosto de 2014, la Comunidad Indígena Colla Tata Inti pueblo Los Loros, Juan Silva M., Marco Ghglino D. y Lina Arrieta H. solicitaron hacerse parte en el procedimiento sancionatorio, su corrección, la recalificación de las infracciones y la adopción de medidas urgentes y transitorias.
- 23 de septiembre de 2014, la SMA rechazó la solicitud de medidas provisionales (Res. Ex. N°1223/2014 y N°1224/2014).
- 10 de octubre de 2014, se presentaron ante el Tribunal Ambiental dos reclamaciones: una en contra la Res. Ex. N° 1223/2014 y la otra apuntó a la Res. Ex. N°1224/2014 (María Serani V y Agrícola el Sol de Copiapó, y Comunidad Colla Tata Inti Pueblo Los Loros y Juan Silva M., Marco Ghiglino D. y Lina Arrieta H, respectivamente). Las que se admitieron a trámite bajo el rol R-48-2014 y R-49-2014, acumulándose ambas en la primera de ellas.
- 25 de febrero de 2015, el Tribunal Ambiental escuchó los alegatos de la causa R-49, interviniendo los abogados Jorge García, por los reclamantes; Tomás Darricades, por la SMA, y Cecilia Urbina, por el tercero coadyuvante, Lumina Copper.
- 18 de marzo de 2015, la SMA finalizó el procedimiento sancionatorio (Res. Ex. N°198/2014).
- 24 de marzo de 2015, la empresa informó a la SMA del pago de $5.715.000.000 (la multa menos el 25% por haber pagado dentro del quinto día hábil).
- 07 de abril de 2015, se interpusieron en el Tribunal Ambiental dos nuevas reclamaciones, esta vez contra la Res. Ex. N°198/2014 de la SMA. La primera de ellas fue interpuesta por la Comunidad Indígena Colla Tata Inti pueblo Los Loros, Juan Silva M., Marco Ghglino D. y Lina Arrieta H; la segunda, por Agrícola el Sol de Copiapó Ltda., y los agricultores Manuel Gandarillas I. y María Serani V.
- 16 de abril de 2015, el Tribunal admitió a trámite ambas reclamaciones; bajo los roles R-64-2015 y R-65-2015, acumulándose ambas en la primera de ellas.
- 19 de junio de 2015, todos los firmantes de las causas R-48-2014 y R-65-2015, desistieron de esas reclamaciones.
- 21 de julio de 2015, el Tribunal acumuló la causa R-64-2015 con la R- 48-2014.
- Lumina Copper se hizo parte como tercero coadyuvante en todas las reclamaciones.
- 15 de julio de 2015, el Tribunal Ambiental llevó a cabo la vista de la causa R-64-2015, alagando los abogados Jorge García, por los reclamantes, Tomás Darricades, por la SMA, y Javier Vergara, por Lumina Copper.
- 28 de enero de 2016, la causa quedó en estado de acuerdo.
Ir expediente de la causa R-48-2014, que acumula R-49-2014, R-64-2015 y R-65-2015.