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Critican que Superintendencia se declaró incompetente para conocer y sancionar los hechos ocurridos la madrugada del 24 de septiembre de 2014 y archivó la denuncia de los sindicatos.
El Tribunal Ambiental de Santiago admitió a trámite la reclamación de los sindicatos de trabajadores independientes, pescadores artesanales, buzos mariscadores y ramas similares de Caleta Ventanas y Horcón contra la resolución en que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) se declaró incompetente para conocer y sancionar los hechos relacionados con el derrame de petróleo ocurrido en septiembre de 2014 en la bahía de Quintero.
Los trabajadores del mar reclaman contra la Res. Ex. N° 608, de 24 de julio de 2015 de la SMA, que terminó por archivar la denuncia realizada por los sindicatos tras los hechos ocurridos la madrugada de septiembre del año pasado.
El Tribunal ofició a la SMA para que informe, en el plazo de 10 días corridos, respecto de los puntos planteados por los sindicatos en su reclamación.
La causa fue ingresada el 31 de agosto y admitida por el Tribunal Ambiental el martes 8 de septiembre, luego de solicitar antecedentes relacionados con la fecha de notificación a los sindicatos, bajo el rol R-77-2015.
Actualmente el Tribunal Ambiental de Santiago tramita otra causa asociada al derrame en la bahía de Quintero en 2014; la reclamación interpuesta por Enap Refinerías S.A. contra el fiscal marítimo de Valparaíso, quien lleva una Investigación Sumaria Administrativa (ISA) contra la empresa, fue admitida bajo el rol R-62-2015.
Antecedentes
- 24 de septiembre de 2014, se produjo un derrame de petróleo en la bahía de Quintero.
- El hecho se generó cuando la embarcación LR Mimosa se encontraba descargando el crudo en instalaciones de la refinería Enap en Quintero.
- 29 de septiembre, los sindicatos de trabajadores del mar presentaron una denuncia ante la SMA por el derrame.
- El 24 de julio de 2015, a través de la Res. Ex. N° 608, de 24 de julio de 2015, la SMA se declaró incompetente para conocer y sancionar los hechos, archivando la denuncia. Según los reclamantes, el ente fiscalizador explica su decisión en que las instalaciones involucradas no se encuentran reguladas por alguna Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
Ir al expediente de la causa R-77-2015
Santiago, 11 de septiembre de 2015