El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la demanda por reparación de daño ambiental presentada por la Municipalidad de Paredones en contra del Ministerio de Obras Públicas, a quien responsabilizaba de haber afectado el humedal Bucalemu a raíz de la construcción de un molo en la caleta de pescadores de dicha localidad.
“De la prueba aportada al proceso y de lo razonado, el Tribunal advierte que el Humedal Bucalemu se encuentra expuesto a situaciones de riesgo, que no derivan de la construcción del molo por parte de la DOP [Dirección de Obras Portuarias] del MOP, y que obedecen a diversos factores, el principal de los cuales es la alteración del régimen hídrico por la persistente sequía. Lo anterior, sin perjuicio de otros factores de carácter antrópico que tanto la demanda como el informe de la PUCV [Pontificia Católica de Valparaíso] explícitamente reconocen”, dice la sentencia al tiempo que puntualiza que la superación de algunos de los factores de perturbación del humedal depende de la actuación de la propia municipalidad de Paredones, la que tiene los instrumentos jurídicos para hacerse cargo de ellos eficazmente.
El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos. La sentencia fue redactada por la ministra Godoy.
Laguna no está conectada con el mar
En su demanda, la Municipalidad argumentaba que los trabajos de construcción del molo habían generado un daño ambiental irreparable, producto de la desconexión hídrica -tanto superficial como subterránea- que se habría producido entre la laguna y el mar, dejando éste de abastecer permanentemente de agua al humedal, provocando una saturación del ecosistema. Dicha desconexión -afirmaba- obedecía al retroceso mar adentro de, aproximadamente 150 metros de la línea de costa junto al embancamiento y progradación (ensanchamiento) de la playa de Bucalemu en 12 mil m2 por año, en el lugar donde desembocaba la laguna-humedal.
Tras analizar los antecedentes expuestos en la causa, el Tribunal constató que “la laguna del humedal de Bucalemu es una laguna costera y, por lo tanto, no tiene una conexión permanente con el mar, como lo sería en el caso de que este humedal fuese un estuario [que está permanentemente abierto al mar], y que el factor que tiene mayor incidencia en su condición es el régimen pluviométrico y no la apertura de la barra de arena”.
Asimismo, explica que, si bien la información que consta en el proceso da cuenta de un ensanchamiento de la playa y embancamiento de arena, ello no ha implicado una afectación de la laguna, ya que, incluso antes de la construcción del molo, el ingreso de agua marina se producía pocas veces y solo se asociaba a circunstancias excepcionales como marejadas fuertes y mareas extremas, entre las que destacan las observadas durante los eventos astronómicos conocidos vulgarmente como “superlunas”.
“Así las cosas, valorada la prueba rendida en autos conforme a las reglas de la sana crítica, a juicio del Tribunal, no existen antecedentes suficientes que permitan acreditar la existencia de un daño ambiental en el Humedal Bucalemu, por lo que la demanda será desestimada”, finaliza la sentencia.
Antecedentes
- El proyecto “Construcción Infraestructura Marítima Caleta Bucalemu, VI Región”, fue ejecutado por la DOP del MOP en la playa y caleta de Bucalemu durante los años 2016 a 2017.
- 8 de septiembre de 2021, el Ministerio del Medio Ambiente declaró el humedal urbano Bucalemu (Res. Ex. N°982/2021). Se trata de un humedal costero, emplazado en la cuenca exorreica del Estero Paredones, situada al sur de Nilahue, y que nace inmediatamente al sur del pueblo del mismo nombre, a partir de la confluencia de los Esteros Membrillo y Población, drenando una superficie total de aproximadamente 205 km2, y desemboca en la cabeza de la “Laguna Bucalemu.
- 28 de abril de 2022, la Ilustre Municipalidad de Paredones presentó en el Segundo Tribunal Ambiental demanda por reparación de daño ambiental en contra del Ministerio de Obras Públicas, la cual fue admitida a trámite con el rol D-74-2022.
- 9 de marzo de 2023, el Tribunal dio por frustrada la conciliación.
- 11 y 12 de octubre de 2023 se realizó la audiencia de prueba y de alegaciones finales. Alegaron la abogada de la demandante Jocelyn Ortega Iglesias y el abogado del CDE, por la demandada, Osvaldo Solís Mansilla.
- 17 de enero de 2024, El Tribunal realizó visita inspectiva en la zona del sector del muelle y humedal de Bucalemu, comuna de Paredones, región de O’Higgins
Acceder al expediente de la causa D-74-2022