Tribunal realizó audiencia en reclamaciones que buscan anular la aprobación de planta productora de proteína para alimentación animal y humana en comuna de Teno

Ago 18, 2022

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El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo audiencia en dos reclamaciones contra la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que buscan dejar sin efecto la aprobación ambiental del proyecto Planta productiva Licán Alimentos” ubicado en la comuna de Teno, Región del Maule.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s), y Cristián López Montecinos, y la ministra subrogante, Paola Hasbún Mancilla, de la Corte de Apelaciones de Santiago. Los alegatos estuvieron a cargo de las abogadas Lorena González Herrera, en representación de la reclamante I. Municipalidad de Teno; María Castro Ibáñez, por el reclamante Matías Rojas Medina y Camila Contesse Townes, del Servicio de Evaluación Ambiental, SEA.

La primera reclamación fue interpuesta por la Municipalidad de Teno, luego que el SEA no admitiera a trámite el recurso de reclamación presentado contra la resolución de calificación ambiental (RCA) favorable del proyecto, mientras que la segunda, fue presentada por el concejal de dicha comuna, Matías Rojas Medina, tras el rechazo de su recurso.

La Municipalidad de Teno sostiene que la decisión del SEA vulnera “tanto el reconocimiento de la municipalidad, como órgano del Estado interesado en el procedimiento administrativo y con legitimación activa para interponer actos de reclamación, como el acceso a la justicia ambiental en representación del desarrollo integral de la comuna de Teno”.

En tanto, el reclamante Matías Rojas argumenta que la resolución del SEA que rechazó su recurso contiene vicios esenciales que afectan el procedimiento de evaluación ambiental y que han afectado significativamente su participación ciudadana. Explica que su recurso hacía referencia a observaciones no subsanadas por el SEA durante el proceso de evaluación del proyecto. Entre otros aspectos, detalla que no se descartaron riesgos para la salud de la población, se omitieron observaciones relativas a olores, faltaron antecedentes sobre conservación de fauna íctica en el canal Teno- Chimbarongo y que no se consideró la opinión de la Subsecretaría de Pesca.

El SEA en tanto, solicita al Tribunal rechazar ambas reclamaciones en todas sus partes, por carecer de fundamentos tanto en los hechos como en el Derecho.

Sostiene que la Municipalidad de Teno carece de legitimación activa para interponer reclamación ante el Tribunal Ambiental, contra la resolución que rechazó su recurso administrativo contra la RCA que aprobó el proyecto, por ser un Órgano de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (Oaeca) y por no tener la calidad de observante ciudadano en el procedimiento de participación ciudadana durante la evaluación ambiental del proyecto (PAC).

“Aun cuando se estimara que los municipios tienen legitimación activa, la acción del artículo 17 N°6 interpuesta es improcedente por no cumplirse los requisitos legales para ejercerla, en cuanto el Municipio no presentó observaciones ciudadanas durante el proceso PAC, por tanto, la reclamación judicial no se interpuso en conformidad a la ley”, dice.

Respecto al reclamo del concejal Rojas, aclara, entre otros temas, que la evaluación del área de influencia del componente olor durante el procedimiento de evaluación ambiental, contó con una redefinición relevante la cual fue debidamente detallada y justificada, y desestima las alegaciones referidas a la supuesta falta de cumplimiento de las exigencias del Plan de Descontaminación Atmosférica para el valle central de la provincia de Curicó (D.S. N°44/2017).

“A pesar de la sustracción de la SUBPESCA del procedimiento de evaluación ambiental, la descarga de RILes del proyecto al Canal Teno – Chimbarongo fue evaluada durante el procedimiento de calificación ambiental, dando cumplimiento a la normativa ambiental vigente, y en particular a la “Guía Metodológica y protocolos de muestreo de flora y fauna acuática en aguas continentales de Chile” del mismo OAECA”, explica.

El proyecto -ubicado en la comuna de Teno, Región del Maule- consiste en la construcción y operación de una planta industrial de producción de proteínas funcionales de alta calidad derivadas de sangre animal, para consumo animal y humano.

Antecedentes

  • 17 de diciembre de 2019, Lican Alimentos S.A. ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Planta productiva Licán Alimentos”.
  • 22 de diciembre de 2020, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Maule calificó ambientalmente favorable el proyecto (RCA N°347/2020).
  • 27 de enero de 2021, la Municipalidad de Teno presentó recurso de reclamación contra la RCA del proyecto ante el director ejecutivo del SEA.
  • 2 de febrero de 2021, el SEA no admitió a trámite el recurso municipal (Res. Ex. N°20219910157/2021).
  • 9 de febrero de 2021, Matías Rojas Medina presentó ante el SEA recurso administrativo contra la RCA del proyecto.
  • 9 de marzo de 2021, la I. Municipalidad de Teno interpuso en el Segundo Tribunal Ambiental reclamación contra la resolución que rechazó su recurso administrativo, la que fue admitida a tramitación con el rol R-282-2021.
  • 10 de agosto de 2021, el SEA rechazó el recurso administrativo de Matías Rojas (Res. Ex. N°202199101444).
  • 22 de septiembre de 2021, el concejal de Teno Matías Rojas Medina interpuso reclamación en el Tribunal Ambiental contra la decisión del SEA, la que fue admitida con el rol R-303-2021, siendo acumulada a la primera (8-10-2021)

Ir al expediente R-282-2021, acumula R-303-2021


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