Tribunal realizó audiencia en reclamación de dos juntas de vecinos de Huechuraba contra el SEA por aprobación de proyecto inmobiliario en esa comuna

Oct 14, 2021

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El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo la audiencia en reclamación presentada por tres vecinos y dos juntas de vecinos de Huechuraba en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por la aprobación del proyecto inmobiliario Carmen Oriente en esa comuna de la Región Metropolitana.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente, Alejandro Ruiz y Cristián López. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Antonia Berríos, en representación de los reclamantes; Camila Palacios, por el Servicio de Evaluación Ambiental, SEA, y Rodrigo Benítez, por Inmobiliaria el Carmen Oriente S.A., tercero independiente.

La reclamación fue presentada por la Junta de Vecinos Lomas del Carmen, la Junta de Vecinos Santa Rosa de Huechuraba III y tres personas naturales luego que el SEA rechazara las reclamaciones administrativas que presentaron en contra de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprobó el proyecto.

Los reclamantes solicitan al Tribunal dejar sin efecto la resolución del Servicio que rechazó sus recursos de reclamación y revocar la RCA que aprobó el proyecto, “por no haberse considerado debidamente las observaciones ciudadanas de los reclamantes, las que dan cuenta de que el proyecto carece de información esencial que impide descartar la producción de impactos del artículo 11 de la Ley N°19.300”.

Entre otros argumentos, explican que el proyecto fue aprobado pese a no ser compatible territorialmente con el Plan Regulador Comunal (PRC) de Huechuraba, en términos de altura de construcción y densidad; y que no se evalúan y descartan correctamente los impactos del proyecto en la congestión vehicular, la salud de los vecinos y sobre el componente arqueológico y paleontológico del sector.

El SEA en tanto, solicita al Tribunal rechazar en todas sus partes las reclamaciones, por carecer de fundamentos tanto en los hechos como en el Derecho.

Sostiene, entre otras explicaciones, que el proyecto fue evaluado con el PRC vigente al momento de ingreso al SEIA, “no existiendo incompatibilidad territorial, y el permiso de edificación deberá ser validado en sede sectorial según quedó como condición en la RCA Nº723/2019. La cantidad de habitantes por hectáreas del Proyecto no vulnera la densidad exigida por el PRC y la calle Rapiman no existe en el PRC, como tampoco, en el PRC modificado”. Agrega que el proyecto se hace cargo del descarte de los impactos adversos significativos asociados al componente arqueológico, paleontológico y patrimonio cultural, en los términos que indica la Ley N°19.300, “pues en los terrenos involucrados en el Proyecto no fueron encontrados restos de ningún tipo, como así mismo, ningún hallazgo arqueológico o paleontológico, descartándose alteraciones en relación con el componente patrimonio cultural”.

El proyecto, ubicado en Avenida Santa Rosa de Huechuraba N°7350, consiste en la construcción de 7 edificios de departamentos, en un plazo estimado de 9 años y medio, 4 edificaciones serán de 21 pisos de altura y 3 contarán con 11 pisos. Se contempla un total de 840 departamentos y 1.335 estacionamientos.

Antecedentes

  • 10 de diciembre de 2019, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana calificó ambientalmente favorable la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Carmen Oriente”, cuyo titular es Inmobiliaria el Carmen Oriente S.A. (RCA N°723/2019)
  • 6 de febrero de 2020, las juntas de vecinos y personas naturales presentaron reclamaciones administrativas ante el SEA contra la RCA antes citada.
  • 31 de agosto de 2020, el Director del SEA rechazó los recursos de reclamación administrativa.
  • 22 de octubre de 2020, las juntas de vecinos Lomas del Carmen y Santa Rosa de Huechuraba III y 3 personas naturales presentaron ante el Tribunal Ambiental reclamación en contra de la decisión del SEA.
  • 27 de septiembre de 2021, el Tribunal tuvo a Inmobiliaria el Carmen Oriente S.A. como tercero independiente.

Ir al expediente R-263-2020


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