El Tribunal Ambiental de Santiago llevó a cabo la audiencia de reclamación en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) asociada a procedimiento sancionatorio que culminó con multa de 108 UTA contra plantel avícola ubicado en la comuna de Talca.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente, Alejandro Ruiz y Felipe Sabando. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Fernando Molina Matta, por abogado de empresa Fuenzalida Moure Compañía Ltda. y Benjamín Muhr Altamirano, por la SMA.
La empresa, Fuenzalida Moure Compañía Ltda., titular del proyecto solicita al Tribunal que anule la resolución que resolvió el procedimiento sancionatorio e impuso la multa, la deje sin efecto “o lo que en derecho estime pertinente”, por ser contraria a derecho.
En tanto la SMA pide al Tribunal que rechace la reclamación, “resolviendo que la resolución impugnada es legal y fue dictada de acuerdo a la normativa vigente”.
El Plantel avícola las Rastras y el Plantel Avícola San Francisco, que conforman la unidad fiscalizable por la SMA, cuentan con aprobación ambiental y están ubicados en la comuna de Talca, Región del Maule. Fueron objeto de inspecciones ambientales por parte de la Superintendencia en 2014 y 2016, tras las cuales se les formularon cargos por dos infracciones a sus RCA, las que terminaron en la multa objetada.
Antecedentes
FMC Ltda. es titular de los proyectos “Ampliación plantel productor de huevos, Avícola Las Rastras”, “Ampliación plantel productor de huevos San Francisco” y “Nueva ampliación plantel reproductor de Huevos San Francisco” todos cuentan con RCA favorable (RCA N°260/1999, RCA N°51/2005 y RCA N°83/2009) y están ubicados en Camino Las Rastras s/n, km 6.7, comuna de Talca.
- 15 de julio de 2014, y 25 de febrero de 2016 la SMA llevó a cabo actividades de fiscalización.
- 16 de mayo de 2017, la SMA inició el procedimiento sancionatorio contra FMC Ltda., representada legalmente por Miguel Fuenzalida Fernández, formulándole por dos hechos constitutivos de infracción: no realizar el manejo de guano según lo exigido por la RCA; no realizar el monitoreo anual de aguas infiltradas provenientes de la fosa séptica, los años 2014, 2015 y 2016 (Rol D-029 2017).
- 26 de febrero de 2018, la SMA resolvió el procedimiento administrativo sancionatorio, multando a la empresa con 108 UTA (Res. Ex. N°241/2018).
- 8 de marzo de la empresa avícola presentó recurso de reposición, el que fue rechazado por la SMA (Res. Ex. N°1419/2018).
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