Tribunal llevó a cabo audiencia en reclamación que busca ampliar área del Humedal Urbano de Linares

Jul 7, 2022

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El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo audiencia en reclamación interpuesta por la Junta de Vecinos Salida Panimávida en contra del Ministerio del Medio Ambiente por la resolución que declaró el Humedal Urbano de Linares.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente, y Cristián López y la ministra Daniella Sfeir. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados René Herrera Álvarez, en representación del reclamante Junta de Vecinos Salida Panimávida, Osvaldo Solís, del Consejo de Defensa del Estado por el reclamado Ministerio del Medio Ambiente, y Edesio Carrasco Quiroga, por el tercero independiente Inmobiliaria Alborada II SpA.

La Junta de Vecinos Salida Panimávida solicita al Tribunal anular la resolución del Ministerio respecto de la superficie reconocida, subsanar inconsistencias jurídicas y modificarla, “acogiéndose, en definitiva, la solicitud de reconocimiento de humedal urbano del denominado Humedal Urbano de Linares en una extensión de 13,4 hectáreas, o en subsidio, para el caso que no se acoja la anterior solicitud, una superficie mayor a las 1,58 hectáreas solicitada por la Ilustre Municipalidad de Linares”.

La reclamante sostiene que la resolución que declaró el Humedal Urbano de Linares “utiliza un criterio restrictivo que se contradice el espíritu de la Ley N° 21.202 en cuanto a la preservación del medio ambiente y su biodiversidad. Resulta incomprensible que en la aplicación de una ley que mira resguardar el interés colectivo, y de la protección de ecosistemas claves para la sostenibilidad del territorio, se haga una interpretación restrictiva de y a las atribuciones consagradas constitucionalmente y que en definitiva viene a restringir aún más un perímetro de protección que ya la Municipalidad ingresó con un polígono notablemente restringido frente a un humedal urbano que tiene una extensión mucho mayor, pudiendo llegar a las 12,4 hectáreas, lo que es atentatorio al progreso ambiental, social y cultural de la comuna de Linares, y favorable a poderosos intereses inmobiliarios que amenazan la biodiversidad y la calidad de vida del sector”.
En tanto, el Consejo de Defensa del Estado, en representación del Ministerio, solicita al Tribunal rechazar la reclamación en todas sus partes, ya que -asegura- la delimitación del humedal se efectuó correctamente, ajustándose a derecho, cumpliendo con el principio de congruencia y sin la supuesta aplicación de un “criterio restrictivo”.

Detalla que la Municipalidad de Linares solicitó reconocer el área lacustre permanente del humedal de Linares, sobre cuya base el Ministerio rectificó su delimitación y que, durante el proceso de declaración, no se presentaron antecedentes adicionales que comprendieran las zonas indicadas por los reclamantes.

“Siendo la finalidad del procedimiento el reconocimiento de un humedal como Humedal Urbano, su correcta delimitación se efectúa a través de los antecedentes técnicos presentados en el proceso administrativo, y conforme a los criterios establecidos en el artículo 8 del Reglamento. Por consiguiente, no corresponde exigir como estándar de legalidad a la resolución reclamada, antecedentes fuera de los vinculados directamente a los presentados durante el proceso administrativo. Lo anterior, implicaría una infracción directa al principio de congruencia administrativa”, argumenta el Consejo.

El Humedal Urbano de Linares tiene una superficie aproximada de 1,1 hectáreas y corresponde a un humedal natural lacustre y permanente. Se localiza al costado oeste del camino público de salida al poblado de Panimávida, formando parte de la cuenca del río Maule, subcuenca río Putagan. Es hábitat de especies como taguas, patos, garzas, cachuditos, jilgueros, anfibios y roedores.

La Ley N°21.202, publicada en enero de 2020, busca asegurar la protección de los ecosistemas de humedales ubicados, total o parcialmente dentro de áreas urbanas, declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, por iniciativa propia o a petición del municipio respectivo, introduciendo en la legislación nacional, por primera vez, el concepto de Humedales Urbanos.

Cabe destacar que hasta la fecha el Segundo Tribunal Ambiental ha recibido 16 reclamaciones de ilegalidad en contra del Ministerio del Medio Ambiente, asociadas a los procesos de declaración de humedales urbanos en las regiones de Valparaíso, Metropolitana y Maule.

Antecedentes
– 20 de octubre de 2021, el Ministerio del Medio Ambiente dictó la resolución que declaró el Humedal Urbano de Linares (Res. Ex. N°1183/2021), concluyendo el procedimiento de declaración iniciado por solicitud de la I. Municipalidad de La Calera.
– 14 de enero de 2022, la Junta de Vecinos Salida Panimávida ingresó al Segundo Tribunal Ambiental reclamación contra la resolución del Ministerio.
– 28 de junio de 2022, Inmobiliaria Alborada II SpA se hizo parte como tercero independiente, manifestando que es propietaria del terreno ubicado en la calle Rubén Flores Oporto N°13170, de la comuna de Linares.

Ir al expediente R-324-2022


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