Tribunal llevó a cabo audiencia en reclamación contra la SMA por absolver de cargo a proyecto inmobiliario ejecutado en balneario de Puertecillo, Región de O’Higgins

Jul 14, 2020

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El Tribunal Ambiental de Santiago realizó la audiencia en reclamación presentada por un grupo de vecinos de Puertecillo en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente, por absolver de cargos a las empresas que desarrollan el proyecto “Punta Puertecillo”, ubicado en la comuna de Litueche, Región de O’Higgins.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente, Alejandro Ruiz y Fabrizio Queirolo. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Ezio Costa, en representación de los reclamantes; Benjamín Muhr, en representación de la SMA; y Matías Montoya, en representación de Inmobiliaria e Inversiones Aylén Ltda. tercero coadyuvante de la SMA.

La reclamación fue presentada por la Fundación Rompientes, la Organización Comunitaria Territorial “Vecinos de Puertecillo”, Juan Sabbagh y Carlos Leyton en contra de la resolución en que la SMA absolvió a Inmobiliaria e Inversiones Pirigüines Ltda. y a la Administradora Punta Puertecillo SpA. del cargo relacionado con ejecutar un proyecto de desarrollo urbano y turístico sin contar con resolución de calificación ambiental. Esta decisión significó el cierre del procedimiento sancionatorio llevado en contra dichas empresas.

Los reclamantes enfatizan que con esa decisión la SMA permitió que el proyecto Punta Puertecillo no ingresara al SEIA “a pesar de la constatación de que sí se trata de un proyecto inmobiliario, contraviniendo el orden legal. Adicionalmente, la resolución impugnada resuelve no ampliar la formulación de cargos al proyecto, en relación con el hecho de desarrollarse el Proyecto en un Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad, como lo es el Humedal Topocalma, incurriendo en ilegalidades y permitiendo un proyecto que también las comete”.

Solicitan que el Tribunal acoja la reclamación, declare ilegal la resolución absolutoria de la SMA, “y que se ordene a la Superintendencia decretar el ingreso de dicho proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental mediante un Estudio de Impacto Ambiental por de letra p) de la Ley 19.300, así como todas las sanciones que corresponda”.

La SMA en tanto, sostiene que la reclamación debe ser rechazada en todas sus partes, “atendido que las objeciones que éste ha realizado respecto del acto reclamado, carecen de fundamento suficiente para acreditar que la SMA ha incurrido en una ilegalidad al momento de resolver el procedimiento sancionatorio Rol D-091-2017.

“En efecto, en dicho procedimiento, la SMA ponderó todos los antecedentes presentados tanto por los recurrentes, los titulares y otros órganos de la administración del Estado, concluyendo, conforme a la normativa vigente y en cumplimiento del mandato legal respecto de la apreciación de la prueba en sede administrativa sancionatoria, que el proyecto no requiere ingresar al SEIA”.

La SMA inició el procedimiento sancionatorio tras denuncias de vecinos y agrupaciones civiles de la localidad de Puertecillo, llevando a cabo actividades de fiscalización, recopilación de antecedentes de diversos servicios públicos con competencia ambiental, y su respectivo análisis.

El proyecto ‘Punta Puertecillo’ considera una subdivisión predial de 307 lotes, de los cuales 115 han sido vendidos, y 12 destinados a áreas verdes, restaurant y zona de protección de la playa, la construcción de caminos, ciclovías; obras de canalización y evacuación de aguas lluvias, disponibilidad de conexión eléctrica; planta de agua potable y dos sitios de estacionamiento.

Antecedentes

  • Entre marzo de 2014 y marzo de 2015, la SMA recibió denuncias contra el proyecto de la Junta de Vecinos la Familia de Puertecillo, la Junta de Adelanto de Puertecillo, la Organización Comunitaria Territorial Vecinos de Puertecillo.
  • 20 de junio de 2017, la SMA llevó a cabo una fiscalización en el lugar y requirió información a la inmobiliaria, como también a diversos organismos públicos con competencia ambiental.
  • 14 de diciembre de 2017 se inició el procedimiento sancionatorio D-091-2017, en contra de Inmobiliaria e Inversiones Piriqüines Ltda. y a la Administradora Punta Puertecillo SpA como titulares del proyecto, formulándoles un cargo por ejecución, sin contar con una resolución de Calificación Ambiental, de un proyecto de desarrollo: (i) urbano, que contempla obras de urbanización con destino habitacional; (ii) urbano, que contempla obras de urbanización con destino permanente de esparcimiento, deporte, comercio y servicios; y (iii) turístico, que contempla obras de urbanización y de equipamiento para fines turísticos.
  • 23 de enero de 2018, las empresas presentaron sus descargos.
  • 26 de abril de 2018, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental informa que el proyecto no requiere ingresar al SEIA en forma previa a su ejecución.
  • 6 de agosto de 2018, la Seremi del MINVU informa que, tras un dictamen de la Contraloría General de la República, procedió a modificar el PRI Borde Costero, eliminando las zonas de desarrollo urbano condicionado, quedando en definitiva como un área rural.
  • 22 de enero de 2019, la SMA dictó resolución absolutoria, finalizando procedimiento sancionatorio Rol D-091-2017 (Res. Ex. N°102/2019).
  • 15 de febrero de 2019, la Fundación Rompientes, la Organización Comunitaria Territorial Vecinos de Puertecillo, Juan Sabbagh y Carlos Leyton ingresaron al Tribunal Ambiental reclamación contra dicha resolución de la SMA.
  • 9 de mayo de 2019, el Tribunal tuvo a Inmobiliaria e Inversiones Aylen Ltda. como tercero coadyuvante de la SMA.

 

Ir al expediente R-202-2019

 


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