Tribunal realizó audiencia de revisión de medida cautelar de detención de funcionamiento de la “Planta de Extracción de Árido Baltierra”, ubicada en Puente Alto

Sep 23, 2024

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El Segundo Tribunal Ambiental realiza audiencia de revisión de la medida cautelar de detención de funcionamiento de la “Planta de Extracción de Árido Baltierra”, ubicada en la comuna de Puente Alto, ordenada en el marco de una reclamación interpuesta contra la aprobación del programa de cumplimiento presentado por la empresa por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos. Los alegatos estuvieron a cargo de la abogada Pamela Norambuena Aymar, por el reclamante, Francisco González Contreras y otros; y los abogados Francisco Sepúlveda Muñoz, por la SMA, y Jorge Canals de la Puente, de Inmobiliaria Agrícola y Comercial Baltierra S.A., Tercero Coadyuvante.

La medida cautelar fue ordenada por el Tribunal en enero de este año, luego de analizar los antecedentes presentados por los reclamantes y determinar que existe una duda razonable respecto a la naturaleza de los residuos que se encuentran depositados en el pozo, dado los eventos de incendio y los periodos en que no se tiene claridad respecto a la naturaleza (inerte – no inerte), de los residuos autorizados a disponer por el Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana en 2021.

Cabe recordar que, en abril de 2024, el Tribunal realizó una primera audiencia de revisión de la medida cautelar, a solicitud de Inmobiliaria Agrícola y Comercial Baltierra S.A., titular del proyecto paralizado y tercero coadyuvante de la SMA, tras la cual determinó mantener su decisión, ya que los argumentos desarrollados por la empresa -dijo-, así como los antecedentes acompañados al proceso, no son suficientes en esta instancia para revertir la medida, “dada la incertidumbre respecto a la naturaleza de los residuos depositados en el pozo, razón suficiente para tener por configurado el peligro en la demora que debe concurrir en toda medida cautelar”.

No obstante, el Tribunal decidió modificar la medida cautelar, solo en cuanto definir que sería la propia judicatura especializada quien realizaría las gestiones destinadas a contratar una entidad técnica de fiscalización ambiental u otra institución, para que elabore un estudio destinado a determinar la naturaleza (inerte-no inerte) de los residuos dispuestos en el pozo en cuestión. Lo anterior, a costa de Inmobiliaria Agrícola y Comercial Baltierra.

La reclamación fue presentada por tres vecinos de Puente Alto en contra de la resolución de la SMA que aprobó el programa de cumplimiento presentado por Inmobiliaria Agrícola y Comercial Baltierra S.A., titular de la planta de áridos, en el contexto de un procedimiento sancionatorio llevado en su contra por posible elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

En términos generales, los reclamantes argumentan que la SMA habría realizado una incorrecta aprobación del programa de cumplimiento, toda vez que no consideraría medidas adecuadas respecto a los componentes suelo y agua, debido a la naturaleza de los residuos depositados en el pozo, los cuales no serían del todo inertes como plantea la SMA en su informe. Ello generaría una serie de situaciones que no estarían debidamente abordadas en el programa aprobado, así como tampoco en el compromiso de ingresar al SEIA el proyecto de regularización de las actividades del pozo.

Antecedentes

  • Inmobiliaria Agrícola y Comercial Baltierra S.A., es titular del proyecto “Planta de Extracción de Árido Baltierra”, ubicada en la comuna de Puente Alto.
  • 9 de noviembre de 2021, la SMA inició el procedimiento sancionatorio rol D-244-2021, en contra de la empresa por desarrollar un proyecto de extracción de áridos de dimensiones industriales, cuya modificación extrae por sí sola -y en adición al proyecto original- una cantidad igual o superior a 100.000 m3 durante toda la vida útil del proyecto, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental favorable (Res. Ex. N°1/ Rol D-244-2021).
  • 21 de diciembre de 2021, la empresa presentó programa de cumplimiento.
  • 7 de septiembre de 2023, luego de tres presentaciones del plan de cumplimiento refundido, este fue aprobado por la SMA (Res. Ex. N°8/2023).
  • 28 de septiembre de 2023, reclamación en el Tribunal Ambiental en contra de la Res. Ex. N°8/2023, la cual fue admitida con el rol R-42
  • 9 de enero de 2024, el Tribunal acogió la solicitud, decretando la detención del funcionamiento de las instalaciones de Inmobiliaria Agrícola y Comercial Baltierra S.A., ubicada en ubicada en calle Troncal San Francisco N° 1750, parcela 14-b, comuna de Puente Alto, región Metropolitana de Santiago.
  • 21 de marzo de 2024, el Tribunal tuvo a Inmobiliaria Agrícola y Comercial Baltierra S.A. como tercero coadyuvante de la SMA.
  • 5 de abril de 2024, se realizó la audiencia de revisión de la medida cautelar de detención de funcionamiento de la “Planta.
  • 18 de abril de 2024, se llevó a cabo la audiencia de alegatos de la causa, interviniendo a abogada María Nora González Jaraquemada, por el reclamante, Francisco González Contreras y otros; Francisco Sepúlveda Muñoz, por la Superintendencia del Medio Ambiente; y Jorge Canals de la Puente, por Inmobiliaria Agrícola y Comercial Baltierra S.A., tercero coadyuvante de la SMA.

Ir al expediente de la causa R-426-2023


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