Los ministros del Tribunal Ambiental son nombrados por el Presidente de la República, con acuerdo de una mayoría de tres quintos del Senado, a partir de una quina que le es enviada por la Corte Suprema. El proceso de selección de los ministros del Tribunal está sujeto al siguiente proceso:
- Consejo de Alta Dirección Pública: llama a concurso público y selecciona a postulantes idóneos, generando para cada cargo una nómina de al menos seis y un máximo de ocho nombres, que hace llegar a la Corte Suprema. Esta etapa se realiza siguiendo el procedimiento de concurso público y selección establecido para el nombramiento de altos directivos públicos del primer nivel jerárquico.
- Corte Suprema: una vez que recibe la nómina del Consejo de Alta Dirección Pública, puede rechazar alguno o todos los nombres. Si la nómina quedara con menos de cinco nombres, solicitará al Consejo ADP que la complete, llamando a un nuevo concurso al cual no podrán presentarse los postulantes rechazados. La Corte Suprema debe recibir en audiencia pública, citada especialmente a todos los postulantes y conformar una quina, la que será enviada al Presidente de la República.
- Presidente de la República: debe nombrar a un Ministro(a) de cada una de las quinas recibidas, y obtener el acuerdo del Senado.
- Senado: el acuerdo del Senado se adoptará mediante votación única, por los tres quintos de sus miembros en ejercicio. Si esta instancia no aprueba la propuesta presidencial, el presidente de la República deberá presentar otro postulante –sacado de la misma quina preparada por la Corte Suprema-. Si esta nueva propuesta es rechazada se deberá llamar a un nuevo concurso.
Finalmente, el Presidente de la República realiza el nombramiento de los Ministros del Tribunal mediante Decreto Supremo, suscrito por los Ministros de Justicia y Medio Ambiente.