Tribunal confirmó rechazo al Programa de Cumplimiento presentado por pub de Quilpué en procedimiento sancionatorio por ruidos

Jun 2, 2025

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El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por pub ubicado en la comuna de Quilpué en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), pues determinó que esta actuó correctamente al rechazar el programa de cumplimiento presentado por el establecimiento en el marco de un procedimiento sancionatorio llevado en su contra por infracción a la norma de emisión de ruidos.

La sentencia realizó un análisis técnico de la medida propuesta por Trotamundos Terraza para dar solución a la generación de ruido, concluyendo que la acción propuesta por el establecimiento de entretención no era capaz de mitigar dicho ruido. Entonces, sigue, el PdC no cumplió con el criterio de eficacia exigido por la legislación respectiva, por lo cual correspondía que la SMA lo rechazara.

“Además, el referido rechazo está debidamente fundado en la resolución reclamada, cumpliendo -de esta forma- con el estándar de la debida motivación, establecido en el artículo 41, inciso cuarto, de la Ley N° 19.880”, agrega la sentencia tras evaluar que los tres argumentos entregados por la SMA para explicar el rechazo eran pertinentes: la baja densidad de las cubiertas para limitar el sonido; la necesidad de instalar limitadores acústicos y la falta de medidas para la terraza del recinto.

El Tribunal llamó la atención respecto a que el pub pretendía dejar sin efecto la resolución de la SMA que rechazó el programa de cumplimiento sobre la base, principalmente, de los resultados del informe técnico que solo presentó en el marco de la tramitación de la reclamación y que, por lo tanto, no había sido visto con anterioridad por la Superintendencia. “(…) mal puede imputarse una ilegalidad si la reclamada se vio impedida de pronunciarse respecto de los antecedentes acompañados en esta sede, al no haber sido presentados en la etapa procedimental que correspondía”, puntualiza al respecto.

El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos, quedando la redacción del fallo en manos del ministro Delpiano.

Antecedentes

  • Luego de recibir diversas denuncias por ruidos molestos contra el pub restaurante Trotamundos Terraza y ejecutar una actividad de fiscalización, el 30 de abril de 2024 la SMA formuló un cargo contra el establecimiento, “por la obtención de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 59 dB(A) y 55 dB(A), ambas mediciones efectuadas en horario nocturno y en condición externa, en dos receptores sensibles ubicados en Zona III”. La infracción fue clasificada como leve.
  • 20 de mayo de 2024, el titular presentó un PdC que propuso, como acción, la fabricación e instalación de una cubierta de tres capas, para 400 m2: i) carpa superior, cobertura 650 PVC, ambas caras; ii) carpa intermedia, fisiterm, aislante térmico absorbente acústico; y iii) carpa inferior PVC, ambas caras.
  • 24 de julio de 2024, la SMA rechazó el PdC (Res. Ex. N° 2/2024).
  • 13 de agosto de 2024, el pub restaurante Trotamundos Terraza presentó en el Segundo Tribunal Ambiental reclamación contra la decisión de la SMA, la cual fue admitida a trámite con el rol R-479-2024.
  • 20 de marzo de 2025, se realizó la audiencia, alegando los abogados Gonzalo Uribe Gil, en representación del reclamante, Inversiones Urrutia SpA, y Francisco Sepúlveda Muñoz, por la SMA.

Acceder al expediente de la causa R-479-2024

Imagen de Google Earth

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