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	<title>Noticias | Tribunal Ambiental</title>
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	<title>Noticias | Tribunal Ambiental</title>
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		<title>En el Día Internacional de la Diversidad Biológica, destacamos el rol de la justicia ambiental en la resolución de controversias vinculadas a flora, fauna y ecosistemas</title>
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		<pubDate>Fri, 22 May 2026 17:25:48 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hoy, conmemoramos el Día Internacional de la Diversidad Biológica, una fecha que nos invita a reflexionar sobre la importancia de la biodiversidad y su protección. La biodiversidad es un tema transversal a toda actividad humana, que se desarrolla alrededor de los recursos naturales, los cuales tienen un principio rector que es la diversidad biológica, en [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Hoy, conmemoramos el Día Internacional de la Diversidad Biológica, una fecha que nos invita a reflexionar sobre la importancia de la biodiversidad y su protección.</p>
<p>La biodiversidad es un tema transversal a toda actividad humana, que se desarrolla alrededor de los recursos naturales, los cuales tienen un principio rector que es la diversidad biológica, en la que la humanidad genera un impacto.</p>
<p>Este día nos entrega una oportunidad para relevar la vinculación de la gestión jurisdiccional del Segundo Tribunal Ambiental con el desarrollo sostenible y en consecuencia con el resguardo de los ecosistemas. Las controversias analizadas por esta judicatura están asociadas, en múltiples ocasiones, a potenciales afectaciones de los componentes de fauna y flora.</p>
<p>Recordamos en esta ocasión la demanda por reparación de daño ambiental, <span style="color: #ccffff;"><a style="color: #ccffff;" href="https://tribunalambiental.cl/tribunal-aprueba-conciliacion-en-demanda-por-dano-ambiental-en-sector-del-campo-dunar-de-el-tabo/" target="_blank" rel="noopener">D-76-2022</a></span>, que acusaba una potencial afectación en el Santuario de la Naturaleza «Dunas de La Chépica – Gota de Leche» y culminó a través de un avenimiento entre las partes aprobado por esta magistratura.</p>
<p>En esta causa se analizó el estado de hierba del Tabito (Astragalus trifoliatus), especie que se encuentra en la categoría de conservación más riesgosa que reconoce nuestro país y la UICN, “en peligro crítico”. Además, esta hierba solo se distribuye en la zona de la Gota de Leche, por lo que haber validado jurídicamente medidas para su recuperación, representa un papel relevante del Segundo Tribunal Ambiental en el contexto de la biodiversidad de Chile.</p>
<p>También destacamos la demanda por daño ambiental<span style="color: #ccffff;"> <a style="color: #ccffff;" href="https://tribunalambiental.cl/sentencia-d-71-2022-inversiones-lampa-condena-por-dano" target="_blank" rel="noopener">D-71-2022</a></span>, en que esta magistratura condenó a Inversiones Lampa a reparar daño generado en humedal Puente Negro, hábitat único del ave Becacina pintada clasificada “en peligro” de extinción.</p>
<p>La sentencia determinó que las obras de ejecución del proyecto inmobiliario Loteo Inversiones Lampa causaron daño ambiental significativo a los componentes suelo, agua, vegetación y avifauna del Humedal Puente Negro y condenó a dicha empresa y dos de sus ejecutivos a repararlo bajo apercibimiento de arresto, en caso de incumplimiento.</p>
<p>En esta fecha reiteramos nuestro compromiso por resolver las controversias que se nos presentan de forma eficiente, fundada, independiente e imparcial.</p>
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		<title>Día del Abogado en Chile: el legado jurídico de Arturo Prat</title>
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		<dc:creator><![CDATA[editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 May 2026 15:08:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[Cada 21 de mayo Chile conmemora las Glorias Navales y recuerda la figura de Arturo Prat Chacón. Pero esta fecha también tiene otro significado: desde hace décadas, en su honor, se celebra el Día del Abogado en nuestro país. Aunque ampliamente reconocido por su actuación heroica en el Combate Naval de Iquique de 1879, Arturo [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Cada 21 de mayo Chile conmemora las Glorias Navales y recuerda la figura de Arturo Prat Chacón. Pero esta fecha también tiene otro significado: desde hace décadas, en su honor, se celebra el Día del Abogado en nuestro país.</p>
<p>Aunque ampliamente reconocido por su actuación heroica en el Combate Naval de Iquique de 1879, Arturo Prat también destacó por su vocación jurídica. Fue el primer oficial de la Armada de Chile en servicio activo en obtener el título de abogado, profesión que ejerció durante casi tres años, combinándola con su carrera naval.</p>
<p>Prat estudió Derecho en la Universidad de Chile entre 1872 y 1876. Debido a sus funciones en la Armada, debió estudiar de noche y rendir exámenes libres, sin abandonar nunca el servicio naval. Su compromiso con la justicia quedó reflejado en su tesis “Observaciones a la Lei Electoral Vijente”, donde propuso ampliar el derecho a voto mediante criterios vinculados a la alfabetización.</p>
<p>Durante su ejercicio profesional participó en estudios sobre legislación marítima, aportó observaciones al proyecto de Ley de Navegación y destacó en juicios militares. También colaboró en materias relacionadas con ascensos en la Armada y en estudios vinculados al Código Marítimo.</p>
<p>Una de las escenas más recordadas de su juramento como abogado ocurrió en la Corte Suprema, cuando entregó su espada al ujier antes de ingresar a la ceremonia, señalando: “esta es la única vez que entregaré mi espada”, en señal de respeto ante el Derecho.</p>
<p>Así, cada 21 de mayo, Chile recuerda no solo al héroe naval, sino también al abogado cuya vocación de servicio y compromiso con la justicia forman parte de su legado.</p>
<p style="text-align: right;">
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		<title>Sentencia acoge reclamación por proyecto de Collahuasi y ordena nuevo análisis acotado a medio humano y medio marino</title>
		<link>https://tribunalambiental.cl/sentencia-r-430-448-457-desarrollo-de-infraestructura-y-mejoramiento-de-capacidad-productiva-de-collahuasi/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 May 2026 17:08:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[El Segundo Tribunal Ambiental acogió una de las tres reclamaciones presentadas contra el procedimiento de evaluación del proyecto “Desarrollo de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva de Collahuasi”, anulando la resolución de calificación ambiental favorable de la iniciativa, ordenando al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) realizar un nuevo análisis de las observaciones formuladas por los [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Segundo Tribunal Ambiental acogió una de las tres reclamaciones presentadas contra el procedimiento de evaluación del proyecto “Desarrollo de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva de Collahuasi”, anulando la resolución de calificación ambiental favorable de la iniciativa, ordenando al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) realizar un nuevo análisis de las observaciones formuladas por los reclamantes, relacionadas con la línea de base del medio humano y los impactos ambientales sobre el medio marino.</p>
<p>La reclamación acogida fue presentada por las asociaciones indígenas Wilamasi de Pescadores Mamq’uta Caleta Chanavaya y Aymara de Caleta Chanavaya (rol R-430-2023), luego que el Comité de Ministros rechazó los recursos administrativos que habían presentado en contra de la RCA favorable del proyecto de Collahuasi.</p>
<p>La sentencia concluyó que la resolución reclamada “carece de una debida fundamentación”, debido a que las observaciones formuladas durante el proceso de participación ciudadana fueron abordadas de manera incompleta y sin una adecuada ponderación técnica y jurídica.</p>
<p>“El examen efectuado a lo largo de la presente sentencia ha permitido a estos sentenciadores concluir que la Resolución Exenta Nº 202399101669/2023 carece de una debida fundamentación, pues consigna las observaciones de manera incompleta y no contiene una debida consideración de las materias observadas, que incluya una adecuada ponderación, argumentación y fundamento para su rechazo”, señala el fallo.</p>
<p>La sentencia agrega que dichas deficiencias derivaron en “ilegalidades de la evaluación asociadas al componente humano” y también en “ilegalidades relacionadas con la evaluación ambiental del medio marino”.</p>
<p>El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s), junto al ministro Cristián López Montecinos y el exministro Cristián Delpiano Lira, quien redactó la sentencia y además estuvo por acoger la reclamación Rol R-448-2024, en lo relativo a la omisión del grupo humano perteneciente a pueblos indígenas Familia Barreda Paniagua de la línea de base del medio humano del proyecto.</p>
<p><strong>Nuevo informe</strong><br />
Luego de anular la RCA que aprobó el proyecto, el fallo ordena al SEA retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental con el objeto de elaborar un nuevo Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones (ICSARA) que considere adecuadamente las observaciones relacionadas con la línea de base del medio humano y los impactos sobre el medio marino.</p>
<p>La sentencia establece que el nuevo análisis deberá incorporar específicamente el uso del maritorio en la zona de Punta Patache y el sector Puerto Collahuasi por parte de las asociaciones reclamantes.</p>
<p>Asimismo, el SEA deberá realizar previamente las reuniones contempladas en el artículo 86 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), destinadas a recopilar antecedentes que permitan determinar si existe una afectación significativa a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas que habitan dentro del área de influencia del sector Puerto Collahuasi y, en consecuencia, una vez realizadas dichas reuniones, evaluar la procedencia de un proceso de consulta indígena.</p>
<p>El fallo también ordena abordar nuevamente las observaciones relacionadas con la verificabilidad de la velocidad de succión de agua de mar, la sedimentación de la descarga hipersalina en el fondo marino y la duración y alcance del plan de vigilancia ambiental de la planta desaladora.</p>
<p>La sentencia mantuvo vigentes aquellos aspectos de la evaluación ambiental que fueron validados por el Tribunal y aquellos que no fueron objeto de controversia.</p>
<p><strong>Medio humano</strong><br />
Al revisar los antecedentes del caso, el Tribunal concluyó que las observaciones ciudadanas vinculadas al levantamiento de la línea de base del medio humano no fueron debidamente consideradas por la autoridad ambiental.</p>
<p>La sentencia determinó que las asociaciones indígenas de caleta Chanavaya no fueron adecuadamente caracterizadas durante la evaluación ambiental, debido a que los antecedentes disponibles resultaban insuficientes para descartar una posible afectación directa a dichas comunidades, requisito relevante para definir la necesidad de realizar una consulta indígena.</p>
<p>El fallo también destacó que la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Conadi, formuló observaciones durante la etapa recursiva, las que no fueron consideradas por la autoridad ambiental pese a su relevancia.</p>
<p>Asimismo, la sentencia precisó que, si bien existió un proceso formal de participación ciudadana, este no reemplaza la consulta indígena, por tratarse de mecanismos distintos y con estándares específicos destinados a asegurar la participación efectiva de los pueblos indígenas conforme a sus características culturales y sociales.</p>
<p>En este contexto, el Tribunal advirtió que no se realizaron las reuniones previas contempladas en el artículo 86 del Reglamento del SEIA, que fueron mandatadas desarrollar en la sentencia.</p>
<p><strong>Medio marino</strong><br />
El fallo además concluyó que las observaciones relacionadas con los impactos sobre el medio marino tampoco fueron debidamente consideradas.</p>
<p>El Tribunal estimó insuficiente el análisis técnico presentado en cuanto a la verificabilidad de la velocidad de succión de agua de mar y respecto de los efectos de la descarga de salmuera de la planta desaladora, particularmente la sedimentación de la descarga hipersalina en el fondo marino y el comportamiento del flujo salino en el mediano y largo plazo.</p>
<p>Asimismo, observó que no existió una evaluación específica sobre los efectos en el suelo marino ni un análisis adecuado de la variabilidad espacial y temporal de dichos impactos.</p>
<p>A ello se suma que el plan de vigilancia ambiental del medio marino solo contemplaba los primeros cinco años de operación de la planta desaladora, en circunstancias que la plena operación de la planta desaladora se inicia desde el octavo año en adelante.</p>
<p><strong>Antecedentes</strong></p>
<ul>
<li>7 de enero de 2019, Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), del proyecto “Desarrollo de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva de Collahuasi”.</li>
<li>21 de diciembre de 2021, la Dirección Ejecutiva del SEA calificó favorablemente el proyecto (RCA N°20219900112).</li>
<li>En contra de la RCA se interpusieron dos recursos de reclamación, los que fueron desestimados por el Comité de Ministros, el 25 de agosto de 2023 (Res. Ex. N° 202399101669); y tres solicitudes de invalidación, rechazadas el 10 de enero de 2024 (Res. Ex. N°20249910121). Este último acto administrativo fue objeto de un recurso de reposición el que fue rechazado el 27 de febrero de 2024 (Res. Ex. Nº202499101181).</li>
<li>Estas actuaciones de la autoridad ambiental, llevaron a los reclamantes a presentar las acciones judiciales en este Tribunal. Las reclamaciones fueron ingresadas el 10 de octubre de 2023 (R-430-2023), el 20 de febrero de 2024 (R-448-2024), el 21 de febrero de 2024 (R-449-2024) y el 8 de mayo de 2024 (R-457-2024). Todas las causas fueron acumuladas. La causa R-449-2024 fue desistida en abril del año 2025.</li>
<li>30 de enero de 2025, se realizó la audiencia, alegando los abogados Lorenzo Soto Oyarzún, en representación de la Asociación indígena Aymara de Caleta Chanavaya y la Asociación indígena Wilamasi de Pescadores Mamq´Uta (causa R-430-2023); Nicolás Castillo Cortés, por Carlos Barreda Paniagua y otros (causa R-448-2024), Alberto Marín Castro, por la Asociación Aymara Perla del Desierto Wallka Puruma (causa R-457-2024), Benjamín Muhr Altamirano, por el Servicio de Evaluación Ambiental, y Emanuel Ibarra Soto, de Compañía Minera Doña Inés De Collahuasi, tercero independiente.</li>
</ul>
<p>Acceder a la sentencia: [<a href="https://tribunalambiental.cl/wp-content/uploads/2026/05/2026.05.14_Sentencia_R-430-2023_acumuladas_R-448-23_y_R-457-2024.pdf" target="_blank" rel="noopener">link</a>]<br />
Ir al expediente de la causa <a href="https://2ta.lexsoft.cl/2ta/search?proc=3&amp;idCausa=400399" target="_blank" rel="noopener">R-430-2023</a>, acumula R-448-2024 y R-457-2024</p>
<p style="text-align: right;">Fotografía: «<i>Diego Delso, <a class="external text" href="http://delso.photo/" rel="nofollow">delso.photo</a>, Licencia <a class="external text" href="https://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/legalcode" rel="nofollow">CC BY-SA</a></i>«</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Presidenta (s) Marcela Godoy entregó saludo protocolar a la ministra del Medio Ambiente, Francisca Toledo</title>
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		<dc:creator><![CDATA[editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 May 2026 21:25:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[La ministra presidenta (s) del Segundo Tribunal Ambiental, Marcela Godoy Flores, sostuvo un encuentro protocolar con la ministra del Medio Ambiente, Francisca Toledo, en el cual le entregó antecedentes respecto del balance de la gestión institucional correspondiente al año 2025. Durante la cita, llevada a cabo el 24 de abril, la ministra Godoy abordó asuntos [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La ministra presidenta (s) del Segundo Tribunal Ambiental, Marcela Godoy Flores, sostuvo un encuentro protocolar con la ministra del Medio Ambiente, Francisca Toledo, en el cual le entregó antecedentes respecto del balance de la gestión institucional correspondiente al año 2025.</p>
<p>Durante la cita, llevada a cabo el 24 de abril, la ministra Godoy abordó asuntos asociados a la dificultad de integración por las que históricamente ha atravesado esta magistratura especializada y los mecanismos de organización interna que el Tribunal ha implementado para fortalecer sus procesos y atender de manera eficiente los desafíos que enfrenta, especialmente asociados al incremento de sus competencias y al significativo aumento en el ingreso de causas.</p>
<p>En la oportunidad la ministra Godoy reiteró ante la ministra Toledo el compromiso del Segundo Tribunal Ambiental por resolver las controversias socioambientales que se le presentan de manera oportuna, eficiente y eficaz.</p>
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		<title>Tribunal anuló multa de $9 millones por infracción a la norma de ruido ordenada a pub restaurante ubicado en Viña del Mar</title>
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		<dc:creator><![CDATA[editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 May 2026 11:48:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación presentada por pub restaurante Destapas Beer House, ubicado en Viña del Mar, en contra de la multa de 11 UTA (poco más de $9 millones), ordenada por la SMA, por infracción a la norma de emisión ruidos. “A juicio del Tribunal, la resolución reclamada [resolución sancionatoria de la [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación presentada por pub restaurante Destapas Beer House, ubicado en Viña del Mar, en contra de la multa de 11 UTA (poco más de $9 millones), ordenada por la SMA, por infracción a la norma de emisión ruidos.</p>
<p>“A juicio del Tribunal, la resolución reclamada [resolución sancionatoria de la SMA] adolece de un vicio de ilegalidad, toda vez que se basa en una infracción mal configurada, atendido que tres de las cuatro mediciones que sirvieron de base a la formulación de cargos y, por consiguiente, a la dictación de la referida resolución, no cumplen con las exigencias del Decreto Supremo N° 38/2011 y de la Resolución Exenta N° 2.051/2021”, concluye la sentencia.</p>
<p>En consecuencia, el fallo anuló la resolución sancionatoria de la SMA, como también todo el procedimiento sancionatorio, incluida la formulación de cargos.</p>
<p>El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s), junto con el ministro suplente del Tercer Tribunal Ambiental, Carlos Valdovinos Jeldes, y la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Graciela Gómez Quitral. Redactó la sentencia la ministra Godoy.</p>
<p>En términos generales, tras revisar los antecedentes contenidos en el expediente, el Tribunal constató que tres de las cuatro mediciones que sirvieron de base para la formulación de cargos no cumplen con el estándar exigido en la norma de emisión de ruidos (artículos 16 y 17 del D. S. N° 38/2011 del MMA).</p>
<p>“En efecto, las mediciones en los receptores R2, R3 y R4, que registran valores por sobre la norma, se efectuaron todas fuera de las propiedades, en el espacio público, constatando esta magistratura que no se acreditó que la ubicación de las mediciones sea homologable a la situación más desfavorable, como exige el Decreto Supremo N° 38/2011 (artículo 16), y, en particular, la Resolución Exenta N°2.051/2021 (numeral 4.3.)”, dice la sentencia.</p>
<p><strong>Antecedentes</strong></p>
<ul>
<li>23 de abril de 2023, tras denuncia formulada por un vecino del pub restaurante Destapas Beer House, ubicado en la comuna de Viña del Mar, la SMA solicitó a la empresa que le remitiera el informe de medición de ruidos correspondiente, elaborado por una ETFA (entidad técnica de fiscalización ambiental), así como las medidas asociadas al cumplimiento de la norma de ruidos (D.S. N° 38/2011).</li>
<li>17 de mayo de 2023, el pub restaurante entregó a la SMA dicho informe y, además, dio cuenta de la implementación de las siguientes medidas de mitigación de ruido: i) reducción del volumen de los equipos; y ii) instrucción a los garzones para que se comunicaran con los clientes a fin de disminuir los niveles de ruido.</li>
<li>28 de octubre de 2024, la SMA notificó la formulación de un cargo contra el local: la obtención, con fecha 10 de diciembre de 2022, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 62, 65, 60 y 54 dB(A), todas las mediciones efectuadas en horario nocturno, en condición externa y en un receptor sensible ubicado en Zona II. La empresa presentó descargos.</li>
<li>31 de diciembre de 2024, la SMA sancionó a la empresa con una multa de 11 UTA (Res. Ex. N° 2.446)</li>
<li>18 de febrero de 2025, Bebidas Gulldemar Ltda. presentó reclamación ante el Segundo Tribunal en contra de la decisión de la SMA.</li>
<li>La causa fue suspendida en dos ocasiones por acuerdo de ambas partes.</li>
<li>9 de abril de 2026, se realizó la audiencia, alegando los abogados Pablo Neupert Kaplan, en representación de Bebidas Gulldemar Ltda, y Manuel Molina Plaza, por la SMA.</li>
</ul>
<p>Acceder a la reclamación de ilegalidad <a href="https://2ta.lexsoft.cl/2ta/search?proc=3&amp;idCausa=400521" target="_blank" rel="noopener">R-508-2025</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Reclamación busca dejar sin efecto la multa de $875 millones contra empresa de extracción de áridos ubicada en Maipú por ejecutar proyecto sin contar con RCA</title>
		<link>https://tribunalambiental.cl/audiencia-r-511-2025-multa-875-millones-proyecto-sin-rca-maipu-sma</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 May 2026 17:19:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[El Segundo Tribunal Ambiental realiza audiencia en reclamación que busca dejar sin efecto la multa de 1.033 UTA, unos $875 millones, ordenada a empresa de extracción de áridos ubicada en la comuna de Maipú por ejecutar su proyecto sin contar con la resolución de calificación ambiental necesaria para ello. El Tribunal estuvo integrado por la [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Segundo Tribunal Ambiental realiza audiencia en reclamación que busca dejar sin efecto la multa de 1.033 UTA, unos $875 millones, ordenada a empresa de extracción de áridos ubicada en la comuna de Maipú por ejecutar su proyecto sin contar con la resolución de calificación ambiental necesaria para ello.</p>
<p>El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s) y el ministro Cristián López Montecinos, junto al ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Guillermo de la Barra Dunner. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Ramón Briones Montaldo, en representación de los reclamantes, Minera Imperial SpA, Sociedad Legal Minera Júpiter Primera de Maipú, Sociedad Legal Minera Imperial Primera de Maipú, y el Jorge Soto P.; Francisco Sepúlveda Muñoz, de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y Pamela Norambuena Aymar de la Universidad de Chile, tercero coadyuvante de la SMA.</p>
<p>Las reclamantes solicitan al Tribunal que deje sin efecto la resolución sancionatoria dictada por la SMA, ya que -entre otros aspectos- sostiene que la sanción es ilegal. Argumentan que el material extraído es pumacita (un mineral específico) y no áridos para la construcción, por lo que el criterio de la autoridad ambiental sería equivocado al enfocarse en el uso o destino del material y no en su naturaleza minera.</p>
<p>Además, la minera argumenta que la multa se fundó en datos obsoletos de hace más de 20 años y en peritajes de antiguos juicios penales, sin que el ente fiscalizador realizara una inspección actual en terreno. Alegan que se les sanciona por una supuesta extracción ininterrumpida desde el año 2001 sin pruebas directas, omitiendo que la mina estuvo clausurada por años. Finalmente, califican la multa como «desproporcionada», ya que -dice- no se tomó en cuenta su realidad económica como microempresa ni el hecho de que contaban con permisos del Sernageomin que les daban confianza sobre la legalidad de su operación.</p>
<p>En tanto, la Superintendencia del Medio Ambiente solicita al Tribunal rechazar la reclamación, afirmando que la empresa operó durante años eludiendo el sistema de evaluación ambiental. La autoridad explica que, según la ley, si el material se extrae y se vende directamente para la construcción, debe ser regulado como árido. En este caso -detalla-, se estima que se removieron más de 300 mil metros cúbicos, superando largamente los límites permitidos sin tener una autorización ambiental.</p>
<p>Respecto a la supuesta prescripción de la infracción, la SMA explica que la infracción es «permanente», ya que la actividad ilícita se mantuvo en el tiempo, y que se utilizaron imágenes satelitales y análisis técnicos modernos para confirmar el daño en suelos agrícolas. Sobre el monto de la multa, la aclara que ya se aplicó una rebaja del 90% debido al tamaño de la empresa, y que de no haber considerado ese factor, la sanción habría superado los 6 mil millones de pesos. Por último, descarta que exista una doble sanción, pues el juicio penal previo fue por hurto y no por el impacto ambiental que hoy se persigue.</p>
<p>Las reclamantes son titular de concesiones de minerales no metálicos conocidos como la Pumicita y Pomacita, cuyas actividades fueron iniciadas en el año 2001 por don Jorge Soto Ponce, luego continuadas por Sociedad Legal Minera Jupiter Primera de Maipú y por Sociedad Legal Minera Imperial Primera de Maipú y en la actualidad son realizadas Minera Imperial SpA en el sector de La Rinconada de Lo Espejo camino a Rinconada Km 7, comuna de Maipú. El predio superficial pertenece a la Facultad de Ciencias Agronómicas de la Universidad de Chile.</p>
<p><strong>Antecedentes</strong></p>
<ul>
<li>Tras 3 denuncias formuladas por la Municipalidad de Maipú (2013, 2019 y 2022), la SMA llevó a cabo un examen de información de los antecedentes aportados por el municipio</li>
<li>28 de marzo de 2023, la SMA procedió a formular cargo en contra de Sociedad Legal Minera Júpiter Primera de Maipú, Sociedad Legal Minera Imperial Primera de Maipú, Minera Imperial SpA y Jorge Alejandro Soto Ponce (Res. Ex. Nº1/ Rol D-068-2023)<br />
“Ejecución de proyecto de extracción de áridos, con más de 100.000 m3 totales de material removido en pozo lastrero ubicado al interior del fundo La Rinconada de Lo espejo camino a Rinconada Km 7, comuna de Maipú, Región Metropolitana, que abarca una superficie superior a 5 hectáreas, sin contar con la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.” (énfasis agregado).<br />
La infracción fue calificada como “gravísima”.</li>
<li>8 de agosto de 2024, el Servicio de Evaluación Ambiental resolvió que el proyecto debe someterse obligatoriamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEAI), en primer lugar, en el caso de que se constate por la SMA que el material extraído corresponde a áridos, por configurarse la tipología de ingreso establecida en el literal i.5.1 del artículo 3 del Reglamento del SEIA; y, en segundo lugar, en caso de que el material extraído no constituya árido, por configurar la tipología de ingreso establecida en el literal i.1 del Reglamento del SEIA. (Ord. Nº 202199102782)</li>
<li>30 de enero de 2025, la SMA dictó la resolución sancionatoria condenando a la empresa pago de una multa de 1.033 Unidades Tributarias Anuales (UTA), unos $875 millones.</li>
<li>23 de febrero de 2025, la empresa presentó ante el Segundo Tribunal Ambiental reclamación en contra de la resolución sancionatoria de la SMA.</li>
<li>14 de julio de 2025, el Tribunal tuvo a la Universidad de Chile como tercero coadyuvante de la SMA.</li>
</ul>
<p>Acceder a la reclamación de ilegalidad <a href="https://2ta.lexsoft.cl/2ta/search?proc=3&amp;idCausa=400524" target="_blank" rel="noopener">R-511-2025</a></p>
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	            data-title="Reclamación busca dejar sin efecto la multa de $875 millones contra empresa de extracción de áridos ubicada en Maipú por ejecutar proyecto sin contar con RCA" 
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			</item>
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		<title>Planta de RILEs ubicada en Colbún busca anular multa de mil millones de pesos por diversas infracciones ambientales</title>
		<link>https://tribunalambiental.cl/audiencia-r-505-2025-reclamacion-busca-anular-multa-de-mil-millones-de-pesos-embotelladora-metropolitana-riles-sma</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 May 2026 17:16:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[El Segundo Tribunal Ambiental lleva a cabo la audiencia en reclamación de Embotelladora Metropolitana que busca anular la multa de 1.264 Unidades Tributarias Mensuales (UTA) ordenada al proyecto “Sistema de Tratamiento de Riles para Embotelladora Latinoamericana”, ubicado en la comuna de Colbún, región del Maule. El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Segundo Tribunal Ambiental lleva a cabo la audiencia en reclamación de Embotelladora Metropolitana que busca anular la multa de 1.264 Unidades Tributarias Mensuales (UTA) ordenada al proyecto “Sistema de Tratamiento de Riles para Embotelladora Latinoamericana”, ubicado en la comuna de Colbún, región del Maule.</p>
<p>El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s) y el ministro Cristián López Montecinos, junto al ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Guillermo de la Barra Dunner. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Alejandro Lewin Puyol, en representación de Embotelladora Metropolitana S.A. y Francisco Sepúlveda Muñoz por la SMA.</p>
<p>La empresa acudió al Tribunal luego que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) acogió parcialmente el recurso de reposición que había presentado en contra de la resolución sancionatoria, rebajando la multa de 1.486.6 UTA a 1.264 UTA, en consideración a la capacidad económica de la empresa.</p>
<p>Embotelladora Metropolitana solicita al Tribunal que deje sin efecto la sanción en su contra, declarando la pérdida de eficacia del procedimiento o el acto administrativo terminal por el decaimiento administrativo o imposibilidad de continuarlo.</p>
<p><strong>Antecedentes</strong></p>
<ul>
<li>El proyecto “Sistema de Tratamiento de Riles para Embotelladora Latinoamericana” de Sociedad Embotelladora Metropolitana S.A. se lleva a cabo en una superficie total de 3 hectáreas y se encuentra ubicado en la comuna de Colbún, provincia de Linares, región del Maule.</li>
<li>27 de diciembre de 2019, la SMA inició el procedimiento sancionatorio, formulando 7 cargos contra la empresa, asociados al incumplimiento de la RCA que aprobó el proyecto “Sistema de Tratamiento de Riles para Embotelladora Latinoamericana”; la ejecución de actividades para los que la ley exige contar con RCA favorable y el incumplimiento de la regulación relacionada con las descargas de residuos líquidos industriales (Res. Ex. N°1/Rol D-207-2019).</li>
<li>27 de enero de 2020, la empresa presentó un programa de cumplimiento, y luego de diversas observaciones de la SMA presentó programas de cumplimiento refundidos, en junio y diciembre de 2020.</li>
<li>23 de marzo de 2020 hasta el 20 de abril de 2020, la Superintendencia suspendió los procedimientos sancionatorios seguidos por ella a consecuencia de la pandemia del COVID-19</li>
<li>15 de junio de 2021, la SMA rechazó el programa de cumplimiento refundido y levantó la suspensión (Res Ex. N°9/Rol D-207-2019)</li>
<li>7 de junio de 2022, el ente fiscalizador incorporó al procedimiento sancionatorio nuevas denuncias en contra la empresa (Res. Ex. N°12/Rol D-207-2019)</li>
<li>26 de diciembre de 2022, la Superintendencia dictó la resolución sancionatoria, estableciendo sanciones para 6 de los 7 cargos formulando, las que alcanzaron un total de 1486.6 UTA.</li>
<li>18 de enero de 2023, la empresa presentó un recurso de reposición.</li>
<li>16 de enero de 2025, la SMA acogió parcialmente el recurso de reposición a propósito de la aplicación de un ajuste por capacidad económica, reduciendo en un 15% la multa aplicada, resultando ésta en un total de 1.264 UTA (Res. Ex. N°58).</li>
<li>7 de febrero de 2025, Embotelladora Metropolitana S.A. interpuso reclamación ante del Segundo Tribunal Ambiental en contra de la resolución de la Superintendencia, la que fue admitida con el rol R-505-2025</li>
</ul>
<p>Acceder a la reclamación de ilegalidad <a href="https://2ta.lexsoft.cl/2ta/search?proc=3&amp;idCausa=400515" target="_blank" rel="noopener">R-505-2025</a></p>
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		<title>Estudiantes de Derecho de la Universidad de Chile conocieron la gestión y funciones del Tribunal</title>
		<link>https://tribunalambiental.cl/estudiantes-de-la-facultad-de-derecho-de-la-universidad-de-chile-visitaron-el-tribunal/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 May 2026 18:29:17 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En el marco de su política de vinculación académica, el Segundo Tribunal Ambiental recibió a una delegación de 50 alumnas, alumnos y docentes de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, quienes buscaban profundizar respecto del funcionamiento y las competencias de esta magistratura especializada. La delegación fue recibida por la ministra presidenta (s), [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En el marco de su política de vinculación académica, el Segundo Tribunal Ambiental recibió a una delegación de 50 alumnas, alumnos y docentes de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, quienes buscaban profundizar respecto del funcionamiento y las competencias de esta magistratura especializada.</p>
<p>La delegación fue recibida por la ministra presidenta (s), Marcela Godoy Flores, quien realizó una charla respecto de la gestión jurisdiccional de esta instancia especializada y sostuvo un diálogo con el grupo de estudiantes acerca de los procesos llevados a cabo por el Segundo Tribunal Ambiental y los desafíos que enfrenta desde la perspectiva del acceso a la justicia ambiental.</p>
<p>Los estudiantes forman parte del curso “Bases e instituciones del derecho ambiental”, impartido por las profesoras del Departamento de Derecho Económico, Ana Lya Uriarte y Valentina Durán, quienes acompañaron a sus alumnos en esta educativa jornada.</p>
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		<title>A propósito del Día de la concientización sobre el ruido: Tribunal destaca tendencia en el ingreso de causas y el fortalecimiento de su gestión judicial</title>
		<link>https://tribunalambiental.cl/a-proposito-del-dia-de-la-concientizacion-sobre-el-ruido-el-tribunal-destaca-tendencia-en-el-ingreso-de-causas-y-el-fortalecimiento-de-su-gestion-judicial/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Apr 2026 15:07:00 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[A propósito de la conmemoración del Día Internacional de Concientización sobre el Ruido, el Segundo Tribunal Ambiental destaca la importancia de la tutela judicial efectiva frente a una de las problemáticas ambientales más presentes en la zona jurisdiccional. Esta efeméride, que busca sensibilizar sobre los impactos de la contaminación acústica en la salud y el [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>A propósito de la conmemoración del Día Internacional de Concientización sobre el Ruido, el Segundo Tribunal Ambiental destaca la importancia de la tutela judicial efectiva frente a una de las problemáticas ambientales más presentes en la zona jurisdiccional. Esta efeméride, que busca sensibilizar sobre los impactos de la contaminación acústica en la salud y el bienestar de las personas, encuentra a nuestra magistratura en una etapa de consolidación de sus criterios para abordar las controversias derivadas de la aplicación de la norma de emisión de ruidos (D.S. N°38/2011 MMA).</p>
<p>Desde su instalación hace 13 años, al Tribunal han ingresado 77 reclamaciones de ilegalidad vinculadas a esta materia, cifra que representa el 12% del total de reclamaciones ingresadas y el 9% de la totalidad de los procedimientos que se han tramitado o tramitan ante la institución (incluyendo demandas por daño ambiental y solicitudes de la SMA). A la fecha, esta magistratura ha finalizado 60 de estas acciones —51 vía sentencia y 9 por otros modos de término— manteniendo actualmente solo 17 causas en etapa de tramitación.</p>
<p>Para responder con agilidad al incremento de estas causas, asociadas mayoritariamente a procesos sancionatorios de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), el Tribunal implementó un plan de gestión estratégico diseñado por el secretario abogado con apoyo del área de Estudios. El objetivo central de esta iniciativa es fortalecer la calidad y coherencia de las decisiones judiciales mediante un análisis interdisciplinario avanzado. El plan contó con la dedicación de un equipo especializado, integrado por los relatores Alejandro Jara Straussmann y Rodrigo Reyes Barrientos, junto a la asesora en ciencias Carmen Gloria Contreras Fierro. El trabajo se centró en la sistematización de criterios jurisprudenciales, tanto técnicos como jurídicos, sostenidos por este tribunal, los demás Tribunales Ambientales y los Tribunales Superiores de Justicia.</p>
<p>Esta metodología de trabajo busca dotar de herramientas actualizadas a los equipos jurídicos y científicos para abordar materias de alta complejidad técnica en el corto y mediano plazo. Los resultados de esta estrategia ya se encuentran operativos, permitiendo la dictación de siete sentencias durante el pasado mes de diciembre, consolidando así una respuesta institucional robusta y predecible frente a los desafíos que impone la contaminación acústica en el país.</p>
<p style="text-align: right;">Foto de www.kaboompics.com [<a href="https://www.pexels.com/es-es/foto/colgando-rango-de-disparo-equipo-de-seguridad-orejeras-5202427/" target="_blank" rel="noopener">link</a>]</p>
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		<title>Segundo Tribunal Ambiental rinde Cuenta Pública 2025 destacando solidez técnica para responder a histórico aumento de causas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Apr 2026 14:57:15 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Con un histórico aumento del 67% en el ingreso de causas y la cifra mensual de sentencias más alta desde su creación, el Segundo Tribunal Ambiental presentó su Cuenta Pública 2025. Durante la ceremonia, la ministra presidenta (s), Marcela Godoy Flores, destacó que, pese al escenario de alta exigencia y las vacantes en la integración, [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Con un histórico aumento del 67% en el ingreso de causas y la cifra mensual de sentencias más alta desde su creación, el Segundo Tribunal Ambiental presentó su Cuenta Pública 2025. Durante la ceremonia, la ministra presidenta (s), Marcela Godoy Flores, destacó que, pese al escenario de alta exigencia y las vacantes en la integración, la magistratura logró elevar su capacidad resolutiva en un 21%, reafirmando su compromiso con una justicia técnica, eficiente y oportuna para la ciudadanía.</p>
<p>Con 76 procesos terminados y un fuerte énfasis en la transparencia institucional, la magistratura proyectó sus desafíos para el ciclo 2025-2029, centrados en la modernización tecnológica, el fortalecimiento del acceso a la justicia ambiental y la reducción en los tiempos de tramitación.</p>
<p>“Tenemos plena conciencia de que el retardo en la tramitación puede afectar la garantía de un debido proceso sin dilaciones indebidas y, como lo hemos señalado reiteradamente desde esta tribuna, la justicia ambiental, si no es oportuna, no es justicia. Por ello hemos elaborado nuestro Plan Estratégico Institucional 2025-2029, instrumento que orienta las principales líneas de desarrollo del Tribunal para los próximos años. Uno de sus objetivos principales es la reducción en un 25% de los tiempos promedio de tramitación de las reclamaciones y demandas sometidas al conocimiento de esta judicatura”, enfatizó la ministra Godoy.</p>
<p>La ceremonia contó con la asistencia del ministro de Justicia, Fernando Rabat Celis; el diputado Jaime Mulet Martínez; el director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, Arturo Farías Alcaíno, el presidente (s) del Tribunal de Contratación Pública, Johans Saravia Carreño, el Seremi de Medio Ambiente de la Región Metropolitana, Gonzalo Cruces, el jefe de Nacional de Delitos contra el Medio Ambiente y Patrimonio Cultural de la Policía de Investigaciones, Prefecto Patricio Rojas, entre otras autoridades, además de representantes de la Superintendencia del Medio Ambiente, estudios de abogado del sector, organizaciones civiles y academia, y ciudadanía interesada en la labor de esta magistratura.</p>
<p><strong>Cifras Récord y Consistencia Técnica</strong><br />
Durante el periodo 2025, el Segundo Tribunal Ambiental enfrentó un desafío sin precedentes con el ingreso de 102 causas, lo que representa un incremento del 67% en comparación con el año anterior.</p>
<p>En tanto, en el mismo periodo dio término a 76 procesos. Al contrastar esta cifra con las registradas en 2024 —63 causas—, se puede advertir que esta judicatura especializada marcó un aumento del 21% en el número de causas terminadas, “lo que da cuenta de una mayor capacidad resolutiva, a pesar del incremento sostenido de ingresos y de la falta de nombramientos de ministros”, destacó la ministra.</p>
<p>Un hito relevante ocurrió en diciembre de 2025, mes en que se dictaron 14 sentencias, la cifra mensual más alta registrada desde el inicio de funciones del Tribunal.</p>
<p>“Sin lugar a duda, el retraso sostenido en los nombramientos genera desafíos asociados a la integración, la organización de audiencias y la distribución de la carga de trabajo jurisdiccional (…) En efecto, la adecuada planificación de audiencias y sesiones, junto con una coordinación efectiva y transversal entre todos los equipos del Tribunal y el valioso apoyo brindado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago en cuanto a cubrir necesidades de integración, han permitido optimizar el uso de los recursos disponibles y asegurar la continuidad operativa. De este modo, hemos logrado mantener estándares de oportunidad, calidad técnica y servicio, demostrando que, aun en escenarios exigentes, es posible sostener un desempeño jurisdiccional sólido, coherente con las exigencias propias de una judicatura especializada y con el compromiso permanente de contribuir al fortalecimiento de la justicia ambiental en nuestro país”, relevó la presidenta (s) del tribunal.</p>
<p>La presidenta (s) del Tribunal Ambiental destacó que, durante el año pasado, en el 92% de los recursos de casación resueltos por la Corte Suprema durante 2025, se confirmó la decisión de esta judicatura especializada.</p>
<p>“Esta cifra no es solo un indicador estadístico; más que una cifra, este resultado refleja la solidez técnica de nuestras sentencias y la consistencia de los criterios que hemos venido construyendo como judicatura especializada, lo que evidencia coherencia jurisprudencial y rigor argumentativo. Asimismo, pone de relieve la consistencia con que este Tribunal aborda controversias que, por su naturaleza, integran complejos elementos jurídicos, científicos y técnicos, y confirma que el trabajo desarrollado contribuye a consolidar criterios interpretativos estables en el ámbito del derecho ambiental chileno”, explicó.</p>
<p><strong>Responsabilidad presupuestaria</strong><br />
En tanto, durante su alocución el secretario abogado, Leonel Salinas Muñoz, informó sobre el uso responsable de los recursos públicos, alcanzando una ejecución presupuestaria del 95,4% y una auditoría externa sin observaciones.</p>
<p>Como parte de su compromiso con la transparencia y el acceso a la información, el Tribunal lanzó oficialmente su nuevo sitio web institucional, el que considera un diseño más accesible, interfaces gráficas optimizadas e infografías para facilitar la comprensión de información jurídica compleja; y el Anuario 2025, publicación digital que sistematiza la gestión del año y ofrece fichas de análisis de las sentencias dictadas, acercando la labor técnica a la ciudadanía.</p>
<p>«El trabajo desarrollado refleja el compromiso del Segundo Tribunal Ambiental con el fortalecimiento de su función jurisdiccional, la probidad y el desarrollo de las personas que integran esta institución», concluyó Leonel Salinas.</p>
<p>Tras la presentación de la gestión institucional 2025, se llevó a cabo el conversatorio “Probidad, integridad y justicia ambiental: estándares, desafíos y buenas prácticas”, el cual contó con la participación de Carlos Guazzini Yáñez, secretario ejecutivo de la Comisión Asesora Presidencial para la Integridad Pública y Transparencia; Ramiro Mendoza Zúñiga, presidente del Colegio de Abogados, integrante del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno; Lorena Oyazún Serrano, directora de la escuela de Gobierno y Gestión Pública de la Universidad de Chile; y Marcos Lima Aravena, profesor Departamento Ingeniería Industrial de la Universidad de Chile. La actividad fue moderada por la periodista del Diario Financiero, Karen Peña.</p>
<p>Reviva la ceremonia de entrega de la Cuenta Pública 2025</p>
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